dimecres, 11 de juny del 2014

LA FISCALIA DE BARCELONA DENUNCIA A P P PEÑA (Alianza Nacional) I M ANDRINO (La Falange) PER DELICTE DE PROVOCACIÓ A L'ODI (art 510 C.P) I INJÚRIES GREUS (art 208, 209, 211 i 215) I EL JUTJAT N 26 ELS IMPUTA



Pedro Pablo Peña
Manuel Andrino (La Falange)
Text de la denúncia de la Fiscalia de Delictes d'Odi de Barcelona per les declaracions del 12 d'octubre a l'acte de La España en Marcha a Montjuïc i les posterior declaracions de Peña, que ha donat peu a la imputació al jutjat n 26 de Barcelona. Properament seran citats a declarar a Barcelona com a imputats.
AL JUZGADO DECANO DE BARCELONA
EL FISCAL, de conformidad con lo previsto en el art. 5 de la Ley 50/1981, de 30 de Diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y en los arts. 262, 264, 269 y 773.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interpone DENUNCIA por los siguientes:
  
HECHOS

PRIMERO.- En la Fiscalía Provincial de Barcelona en fecha 11/10/2013 se recibió, vía correo electrónico y vía fax, denuncia del Ayuntamiento de Sabadell, Concejalía de Derechos Civiles y Ciudadanía, poniendo en su conocimiento un documento suscrito por dos grupos denominados “Ultra Sur” y “La España en Marcha” en el que se incitaba de forma clara y directa a realizar actos violentos con motivo de la jornada festiva del día de la Hispanidad en fecha 12/10/2013.

Por decreto de fecha 11/10/2013 se acordó la apertura de diligencias de investigación y librarse oficio a la Comisaría de Información del Cuerpo de Mossos d’Esquadra a los efectos practicar cuantas diligencias permitieran el esclarecimiento de los hechos e identificación de sus autores.

El mismo día 11 y el día 15 de octubre, a través de la Fiscalía Superior de Catalunya, se recibieron en el Servicio de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía Provincial, denuncias formuladas por el director de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Barcelona sobre los mismos hechos y el por Sindicat de la Image-UPIFC.

Por su parte la Fiscalía General del Estado remitía en fecha 16/10/2013 a la Fiscalía de Barcelona escrito procedente de la Defensora del Pueblo de fecha 9/10/2013 comunicando que una ciudadana había presentado una queja en relación también a los mismos hechos.

Todas las denuncias recibidas, atendiendo a su identidad fáctica fueron acumuladas por decretos de 11 y 29 de octubre de 2013.

SEGUNDO.- En atestados de fechas 15/10/2013, 19/10/2013 y 23/10/2013, procedentes de la Comisaría de Información de Mossos d’Esquadra se aportaron los primeros resultados de la investigación y en los mismos se informa de los siguientes extremos:

2.1.- El día 12 de octubre, con motivo de la celebración de Día de la Hispanidad, los grupos de la ultraderecha habitualmente se concentran en la Plaza de San Jordi, ubicada en la montaña de Montjuïc, y una vez allí, los miembros destacados de las diferentes organizaciones asistentes realizan una serie de discursos.

El 12 de octubre de 2013 el acto estuvo organizado por plataforma "La España en Marcha", integrada por las formaciones políticas Democracia Nacional, Falange Española y Alianza Nacional, así como por las asociaciones Nudo Patriota Español y Acción Juvenil Española, Movimiento Católico Español.

Destacar que este año, los organizadores habían solicitado manifestarse desde la Plaza de Sants hasta la montaña de Montjuic pero finalmente la Dirección General de Administración de Seguridad del Departament d’Interior de la Generalitat de Catalunya, alegando motivos de seguridad y de orden público, modificó el recorrido de la manifestación siendo éste desde Plaza España de Barcelona hasta el acto en la Plaza de San Jordi. Contra esta resolución gubernativa interpusieron un recurso contencioso administrativo que fue desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya por sentencia de fecha 11/10/2013 y en la que confirmaba las limitaciones al derecho de reunión acordadas por la autoridad administrativa al “considerarse que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes... “ (documento 1)

2.2.- A partir de las 11:00 horas del citado día 12 de octubre en la Plaza España de Barcelona, se concentraron inicialmente unas 150 personas de los colectivos ultraderechistas antes mencionados. Esta concentración se demoró aproximadamente unas dos horas, debido al retraso de la llegada de los autocares con asistentes de la zona de Madrid.  

Durante la citada celebración del día de la Hispanidad, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el Cuerpos de Mossos d'Esquadra realizaron un dispositivo de seguridad coordinado con la finalidad de proteger la seguridad ciudadana y garantizar el libre ejercicio de las libertades públicas. En base a ese dispositivo, con el objeto de prevenir la comisión de cualquier delito y para realizar las comprobaciones necesarias para impedir que se portaran o utilizasen armas durante la celebración de la manifestación y posteriores actos convocados, se interceptaron los dos autocares provenientes de la ciudad de Madrid, que se dirigían a los actos organizados por la plataforma "La España en marcha" en la ciudad de Barcelona.

En estos autocares viajaban un total de ciento veintiséis (126) personas simpatizantes y militantes de las organizaciones que componen la plataforma "la España en marcha" (Alianza Nacional, Democracia Nacional, Nudo Patriota Español y Fe Falange), los cuales fueron identificados y registrados por los motivos anteriormente descritos, comprobándose, tras ser consultados los archivos policiales, que de estas personas, treinta (30) constaban con antecedentes por delitos violentos.  

Entre los identificados que viajaban en los autocares, se encontraban las dos personas denunciadas en el presente procedimiento, el Sr. Pedro Pablo PEÑA MUÑOZ y el Sr. Manuel ANDRINO LOBO, como responsables de Alianza Nacional y Fe Falange respectivamente.

Una vez llegaron los autocares  y después de los correspondientes saludos y exhibición de banderas de las organizaciones convocantes, comenzó el desfile hacia la Plaza San Jordi, ubicada en la zona alta de la montaña de Montjuic, lugar donde se pronunciarían los correspondientes discursos de los líderes de las formaciones convocantes.

Durante el recorrido, los manifestantes profirieron gritos y cánticos, como los que se transcriben a continuación:

"ilegalizar, el partido de artur mas",
"artur mas, hijo de puta",
"artur mas, camara de gas",
"Nos vamos a cagar en la puta de Artur Mas",
"Estoy hasta los huevos de Mas y de Rajoy",
"Separatistas, terroristas",
"esta es nuestra tierra y hay que defenderla",
"periodistas, terroristas",
"España unida, revolución",
"España una, y no cincuenta y una",
"Imigración, repatriación",
"A quien beneficia tanta imigración, el obrero es el patrón", "Antifas, ja ja ja",
"España entera, con una bandera",
"A LA PRENSA, JUICIO Y CASTIGO",
"MATRIMONIO, HOMBRE Y MUJER",
"LA INMIGRACION DESTRUYE LA NACIÓN".

Los asistentes a la manifestación de "La España en Marcha", durante el recorrido, exhibieron todo tipo de banderas y simbología vinculadas a movimientos de extrema derecha y neonazis como cruces célticas, banderas españolas preconstitucionales, banderas con la cruz de Borgoña, banderas con el águila bicéfala, bandera de la Unión británica de Fascistas (BUF) etc (se adjunta con las diligencias policiales reportaje fotográfico de la simbología que exhibieron con explicación de su significado).

2.3. Una vez llegaron a la plaza de Sant Jordi en la montaña de Montjuic se realizó el acto previsto con los discursos de los dirigentes de las organizaciones convocantes ante una audiencia formada por unos 500 asistentes, subiendo al escenario:

-          Pedro Pablo Peña (Presidente de Alianza Nacional).

-          Manuel Andrino (Jefe Nacional de La Falange).

A continuación se reseñan algunos fragmentos de las manifestaciones públicas que en sus discursos hicieron los denuciandos Pedro Pablo Peña, en su calidad de presidente del partido político Alianza Nacional, y Manuel Andrino como Jefe Nacional de FE-La Falange.

El Sr. Pedro Pablo Peña manifestó públicamente lo siguiente:

"....el separatismo catalán usa armas peores. Usa la insidia, la cobardía, la traición, la mentira, el soborno de las clases políticas… Y eso es más infame que pegarle un tiro en la nuca a alguien. Es preferible morir de un tiro que morir poco a poco como mueren los españoles en Cataluña"

"No habrá secesión de Cataluña si no es a base de mucha sangre"

"Muerte a ETA y muerte a los que han permitido a ETA."

"Decía Corleanu que si solo se tiene una bala y existe un enemigo y un traidor, la bala es para el traidor. Pues en este caso la bala debería ser para la clase política española, y para la cúpula militar que ha permitido este atropello."

"Esta vez no pasará así, si deciden segregar Cataluña por la fuerza, por la presión, o por la violencia, responderemos como respondieron los unionistas en Irlanda. No habrá ni un atentado más, ni una muerte más, ni un atentado contra la nación que quede sin respuesta."

"Como han explicado muy bien aquí, el acto estaba autorizado, y por la presión de los anarquistas, de los casales separatistas, de las casas okupas, se nos cede. Ya conocemos cual es el camino, el camino a lo mejor es la violencia".

"Levantaremos la nación, aún a costa del sacrificio que sea, inclusive de
nuestra libertad o de nuestras vidas. Derrocaremos la monarquía,  lucharemos por derrocarla y tras eso, someteremos a juicio a todos los que han cometido delitos de lesa patria o de lesa traición, por ejemplo el Borbón".

Por otra parte, en su discurso el Sr. Manuel Andrino (FE-La Falange),
manifestó públicamente:

"..Que está en juego la misma existencia de España y eso obliga a darlos todo y a echar el resto como hicimos los falangistas en julio de 1936."

"Son los complejos de estos llamados demócratas, cobardes y corruptos por igual, que pretenden silenciar a quienes fieles a nuestro juramento, estamos dispuestos a dar hasta la última gota de nuestra sangre en la defensa de la sagrada unidad de España. Que no lo duden, estamos dispuestos a morir, pero también a matar por España, faltaría más."

"El Parlamento del Cataluña ha aprobado una llamada declaración de independencia y los poderes del Estado no han tomado ninguna medida de fuerza y sin complejos. Yo os digo lo que habría que haber hecho. Al día siguiente, la Guardia Civil tendría que haber ido al domicilio de ese presidente del Parlamento catalán y después de haberle detenido, debía de haberle obligado a que se comiera hoja por hoja esa declaración de independencia, para que con un poco de suerte se hubiera asfixiado."

2.3. Una vez concluido el acto, y ante los micrófonos de la empresa Mediaset España que agrupa diferentes canales de televisión de ámbito nacional, como Tele 5, Cuatro, La siete, etc,  y a preguntas de un periodista, el Sr. Pedro Pablo Peña se ratificó en sus declaraciones anteriormente expuestas, y manifestó frases como las que a continuación se describen:

.../... "Nosotros haríamos lo que hiciera falta, lo que hiciera falta significa, lo que hace ETA"

"Si solo se tiene una bala y existe un enemigo y un traidor, la bala es para el traidor"

"La fuerza necesaria para causar sangre, si la tenemos".

"Nosotros no atacamos a ETA por los muertos, nunca le hemos reprochado la sangre si no la traición, lo condenable es la acción separatista"

TERCERO.- Ante el resultado de las investigaciones llevadas a efecto por la Comisaría de Información de Mossos d’Esquadra este Fiscal acordó en fecha 22/11/2013 que por parte de la Comisaría de Información de Mossos d’Esquadra se recibiera declaración en calidad de denunciados con preceptiva asistencia de letrado a Pedro Pablo Peña, presidente del partido político Alianza Nacional y a Manuel Andrino, Jefe Nacional de FE-La Falange, sobre los hechos anteriormente expuestos.
Teniendo conocimiento de que la Fiscalía de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo tramita diligencias informativas 2/2013 seguidas contra Alianza Nacional, se acordó librar atento oficio remisorio del atestado 786271/2013 a los efectos procedentes.
La policía informó en fecha 18/03/2014 que los denunciados Pedro Pablo Peña y Manuel Andrino habían sido citados para declarar ante la Unidad Adscrita de Mossos d’Esquadra de la Fiscalía de Barcelona en fechas 6 y 18 de marzo, sin que hayan comparecido, alegando los mismos diferentes razones para no hacerlo y solicitando poder declarar en la ciudad de Madrid, lugar en el que residen.

CUARTO.- En fecha 3/03/2014 Mossos d’Esquadra aportó nuevo informe en el que daba cuenta que el sr. Pedro Pablo Peña en fecha 1/03/2014 publicó en la web del partido Alianza Nacional www.anlostuyos.wordpress.com un escrito en relación a las presentes diligencias de investigación y en las que dice, entre otros fragmentos:
(...)

“me reafirmo en cada palabra y en cada coma del discurso que tuve el honor de pronunciar en el acto de Montjuich, y reitero el contenido de mis declaraciones ante los medios de comunicación que me entrevistaron. Probamente me quedé corto”.

“Que, por decirlo de una manera correcta, me importan una higa la Fiscalía y los Fiscales, que han permanecido mudos ante los actos de traición a España, de sedición y vulneración del orden constitucional cometidos por Artur Mas y sus secuaces, y arremeten contra quienes defendemos la sagrada unidad de la Nación, cumpliendo nuestro deber de españoles.

“Que las diligencias que abran o puedan abrir los esbirros del Régimen nos las pasamos por el arco del triunfo”

“Que, como dijo José Antonio Primo de Rivera, Mártir de la Causa Española “el separatismo es un crimen que no perdonaremos”. A buen entendedor, con pocas palabras bastan.

Fdo. Pedro Pablo Peña (Presidente de Alianza Nacional).

Por decreto de fecha 19/03/2014 la Fiscalía acordó ampliar la investigación y atribuir a D. Pedro Pablo Peña la presunta participación en un delito de injurias graves con publicidad dirigidas contra Instituciones del Estado de los arts. 208, 209, 211 y 215 del código penal por las manifestaciones que el mismo publicó en fecha 1/03/2014 en la web del partido Alianza Nacional www.anlostuyos.wordpress.com .

CALIFICACIÓN JURÍDICA

Los hechos relatados pueden constituir:

a) Un delito de provocación al odio, la violencia o la discriminación del art. 510.1 del código penal.

b) un delito de injurias graves con publicidad dirigidas contra Instituciones del Estado de los arts. 208, 209, 211 y 215 del código penal.


PERSONAS DENUNCIADAS


Pedro Pablo PEÑA MUÑOZ, nacido en Córdoba ,  con domicilio en Madrid.

Manuel ANDRINO LOBO,  nacido en Madrid; con domicilio en Madrid


ANTECEDENTES PENALES Y POLICIALES

Por decreto de 18/03/2013 se ha acordado consultar la hoja histórico penal y se ha solicitado a la Policía Judicial los antecedentes policiales de los dos denunciados a través de la conexión telemática de esta Fiscalía destacando:

a.- Que Pedro Pablo Peña está condenado por delito de tenencia o depósito de explosivos del art. 568 del código penal a la pena de 3 años y 6 meses de prisión en sentencia de 25/02/2006 dictada por la Audiencia Provincial de Madrid.

b.- Manuel Andrino Lobo tiene una condena ya cancelada por delito de estafa de los arts. 248 y 251de fecha 17/07/2006 a la pena de 8 meses de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Madrid y antecedentes policiales de fecha 12-09-2013 por delito relativo a los derechos fundamentales.
PETICIÓN DE DILIGENCIAS

El Fiscal interesa la admisión de la presente denuncia y la incoación de diligencias previas por el juzgado que por turno corresponda su conocimiento en orden a esclarecer los hechos y depurar, en su caso, las posibles responsabilidades penales que pudieran derivarse de los mismos.

            A tales efectos se interesa la práctica de las siguientes diligencias de investigación sin perjuicio de las que puedan acordarse o interesarse conforme los resultados de la investigación avancen:

                        2º) Recíbase declaración en calidad de imputados con asistencia de letrado a D. Pedro Pablo Peña Muñoz y a D. Manuel Andrino Lobo.

            3º) líbrese exhorto a la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya para que aporten testimonio de la sentencia nº 708 de 11/10/2013 en recurso de protección jurisdiccional nº 351/2013.

4º) Líbrese oficio al Ministerio de Interior a fin de que faciliten los estatutos depositados por las formaciones “Alianza Nacional” y FE-La Falange y certifiquen si D. Pedro Pablo Peña Muñoz y D. Manuel Andrino Lobo constan como miembros de sus juntas directivas u órganos ejecutivos y en qué condición.

OTROSÍ I: Se acompaña con la presente denuncia la documentación original de las diligencias de investigación 401/2013 tramitadas por estos hechos en la Fiscalía Provincial de Barcelona y como documento anexo nº 1 copia de la sentencia nº 708 de 11/10/2013, dictada por la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en recurso de protección jurisdiccional nº 351/2013

                                   En Barcelona a 25 de abril de 2014

EL FISCAL, M.A. AGUILAR
                                              

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