dimecres, 7 de gener del 2015

DEMANEN TRES ANYS DE PRESÓ PEL QUE VA GRAVAR I DIFONDRE L'AGRESSIÓ RACISTA AL METRO DE BARCELONA DEL 28 DE JUNY. ELS DOS AUTORS DE L'AGRESSIÓ SÓN MENORS I SERÀN JUTJATS A LA JURISDICIÓ DE MENORS (text complert escrit d'acusació)



(A sota text íntegre de l'escrit d'acusació)
La Fiscalia de Barcelona demana tres anys de presó i una multa i indemnització de prop de 20.000 euros  per Jaume X X, el jove que va gravar i difondre per internet l'agressió racista del dissabte 28 de juny de 2014 a la línia 1 del Metro de Barcelona (clica aquí). El fiscal de Delictes d'Odi de Barcelona l'acusa d'una falta de lesions, per col·laborar en l'agressió, i de dos delictes contra la integritat moral i de provocació a la violència per motius racistes. El menor, Vladislav X X, que va cometre directament l'agressió, i un altre menor que el va ajudar, germà de l'ara acusat, també seran jutjats en un jutjat de menors.
L'agressió va tenir lloc la nit del dissabte 28 de juny, quan els tres implicats a l'alçada de l'estació de Fabra i Puig de la línia 1. L'intercanvi de paraules, les amenaces, insults i la posterior l'agressió dins del vagó van ser gravades per l'acusat de nacionalitat espanyola,  major d'edat, amb el seu telèfon mòbil, i va penjar el vídeo a internet. L'acusat Jaume XX tenia molts seguidors a les xarxes socials, on proclamava el seu odi a altres races i ideologies i propugnava el retorn del nacional socialisme i el feixisme. A més, tenia penjades a la xarxa imatges seves amb simbologia nazi. Els dies posteriors a l'agressió va assegurar a internet: 'el del vídeo no sóc jo, sóc el que grava, ell és un camarada rus, el xino ens estava insultant i el rus el va fer callar'. Els dies posteriors va discutir-se a la xarxa amb altres usuaris d'internet que el criticaven per l'agressió, als quals ell va anomenar "gentussa antiblanca". Quan la polèmica de la seva gravació, i el fet que transcendís el seu perfil als mitjans de comunicació, va esborrar els seus comptes de Twitter i Youtube.

En el procediment seguit contra els dos menors, inicialment aquests es van negar a declarar davant del fiscal i el jutge, tot i que més tard un d'ells va demanar poder-ho fer. L'agressor directe del jove mongol va ingressar en un centre d'internament juvenil.










Fiscalía Provincial de Barcelona
Servicio de Delitos de Odio y Discriminación


JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 7 BARCELONA
DILIGENCIAS PREVIAS: 2975
AÑO: 2014




AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN


EL FISCAL, despachando el trámite previsto en el art. 780 de la Lecrim, interesa la apertura de juicio oral ante el Juzgado de lo Penal, formulando escrito de acusación respecto a  JAUME      con base a las siguientes conclusiones provisionales:

PRIMERA: el acusado JAUME   XXX   , español, identificado con DNI nº      , mayor de edad y sin antecedentes penales, junto con otros dos menores de edad, respecto de los cuales se sigue procedimiento en la correspondiente jurisdicción, llamados Vladislav y Aleix, éste último hermano del hoy acusado, sobre las 22.35 horas del día 28 de junio de 2014, accedieron a la estación de Plaza Universitat de la línea nº 1 del metro de Barcelona, subieron a un vagón y a la altura de la estación de Fabra y Puig, sobre las 22.55 horas, puestos de común acuerdo en la acción de menoscabar la integridad física y denigrar la dignidad de las personas por el simple hecho de ser de origen extranjero y el color de su piel o sus rasgos físicos, guiados por tanto por móviles racistas  y xenófobos, seleccionaron a un pasajero al ver sus rasgos asiáticos, llamado Sandujav B, nacido en Mongolia que se hallaba tranquila y confiadamente sentado, y acto seguido repartieron sus funciones, de forma que el menor Vladislav se puso delante de la víctima escogida, a escasos centímetros, acosándole físicamente y verbalmente, diciéndole de forma despectiva “qué te pasa a tí, chino”, increpándole y exigiéndole que abandonase el lugar, mientras que el acusado Jaume y su hermano menor, se situaban justo al lado, reforzando su intimidatoria acción, jactándose y riéndose de los actos vejatorios de Vladislav.


Desde el primer momento el acusado Jaume      , tal y como habían planeado, comenzó a grabar deliberadamente los hechos con la aplicación de video que disponía su teléfono móvil y en el curso de la acción descrita el menor Vladislav, de forma súbita y sumamente agresiva, con ánimo añadido de humillar a Sandujav delante de los demás usuarios del metro que estaban atentos a lo que estaba sucediendo, comenzó a golpearle de forma reiterada, propinándole puñetazos en todas las partes del cuerpo, sobre todo en la cara, defendiéndose Sandujav como podía para repeler los golpes, si bien éstos no cesaron hasta que intervinieron otros usuarios del metro que consiguieron separar a Vladislav de Sandujav, abandonando el acusado junto a los menores el lugar de los hechos.

A consecuencia de estos hechos, Sandujav       sufrió lesiones consistentes en policontusiones que precisaron para su sanidad de una primera asistencia facultativa, sin necesidad de tratamiento médico ni quirúrgico, tardando en sanar 11 días durante los cuales estuvo impedido para realizar sus actividades habituales.

Inmediatamente después de los hechos, el acusado Jaume      , persona que profesa una ideología nacional socialista, caracterizada por la defensa a ultranza de la supremacía de la raza blanca y por la animadversión y rechazo frontal a las personas por su origen nacional , etnia, orientación o identidad sexual, discapacidad etc, y  con el fin de hacer propaganda masiva de su violenta acción, mofándose de los actos ejecutados, justificando e incitando de esta forma a la violencia contra los extranjeros y personas con color de piel diferente, insertó de forma pública el video que personalmente grabó, conteniendo todo el desarrollo de los hechos pero pixelando el rostro de Vladislav para que no pudiera ser reconocido, poniéndole el título “pegando a chino”, en  sus cuentas personales en las redes sociales Twitter, Youtube y Google +, y en las que usaba el nick “James” y como usuario “@Payo_Cura” o “payocura”, usando en su perfil en ocasiones una fotografía con el rostro parcialmente cubierto con un tapabocas que contenía una cruz céltica, símbolo utilizado por grupos skinheads de ideología nacional socialista.

Dado que el acusado en las mencionadas cuentas de redes sociales disponía de gran cantidad de seguidores y suscriptores con miles de visualizaciones, consiguió su objetivo de propagar y multiplicar de forma indiscriminada en Internet los hechos, con el consiguiente efecto colateral de causar evidentes daños morales a la víctima.

El acusado, a través de su permanente actividad en las citadas redes sociales y en la plataforma de juegos Steam, en la que el acusado también tenía cuenta usando el mismo nick y utilizando simbología nacional socialista, colgaba expresiones y comentarios en los que, en unas ocasiones exaltaba la violencia contra judíos, gitanos, comunistas, homosexuales, inmigrantes y personas afrodescendientes, entre otras minorías, y en otras ocasiones profería expresiones de carácter ofensivo, denigrante y vejatorio defendiendo a ultranza la supremacía de la “raza aria” sobre las demás, actos dirigidos a crear entre la población sentimientos de violencia, hostilidad, animadversión, agresividad y trato desigual injustificado contra dichos colectivos así como a difundir ideas que vanagloriaban el régimen del III Reich en Alemania en los años treinta y cuarenta.

Entre las expresiones y los comentarios de esta naturaleza insertados en las redes sociales destacan:

-          “este rojo de mierda, solo quiere que opinen en el programa la izquierda que son los que han hundido este país, ya está bien, por suerte es mucho países se dan cuenta que el fascismo es la solución, como en Francia, Grecia, Rusia, Ucrania, Italia etc, algún día acabaréis en el paredón de nuevo por traidores a la patria. Sieg Hail.AE”, insertado el día 12/04/2014 al comentar un video en Youtube.

-          la crem de la crem en Barcelona, putos antiblancos de mierda”, insertado el día 20/04/2014 al comentar un video en Youtube.

-          “... esa gentuza independentista manipula la historia de España y no me gustaría vivir en un país de mierda llamado Catalunya lleno de catalufos asquerosos... de aquí a nada estáis en el paredón junto con  los anti-fascistas  subvencionados por el estado. Y te lo dice un Barcelonés (Barcelona is not Catalonia. Glorioso pasado. Seig Heil, Camaradas Arriba España. Este comentario fue insertado por el acusado el día 25/05/2014 al comentar un video en Youtube

-          “sionistas de mierda, tenéis los días contados por haber hecho tanto daño a Europa y América, no tendremos piedad con vosotros, escoria”, insertado por el acusado el día 29/05/2014 como comentario a un video alojado en Youtube con música judía.

-          “seig heil, arriba España”, saludo usado por los miembros del Partido Nazi en la Alemania del III Reich y que actualmente usan grupos ultras de extrema derecha violenta para recordar y honrar el movimiento nacional socialista. Dicha expresión  fue insertada por el acusado en fecha 31/05/2014 como comentario a un video alojado en Youtube con el Himno de las Juventudes Hitlerianas, subtitulado en español.

-          “jajajaja que pena dais, comunistas asesinos al paredón”, insertado el día 24/06/2014 al comentar un video en Youtube relativo a una manifestación de personas que defendían ideas republicanas.

-          “eso se llama racismo antiblanco, si ellos te dicen blanco, tu diles y orgulloso que estoy de ser blanco, no como tú negro de mierda. Tu no eres un puto mexicano, tus antepasados proceden de Europa, un saludo desde la madre patria”, insertado el 28/06/2014 al comentar un video en Youtube.


-          “el del video no soy yo, yo soy el que graba, el es un camarada ruso, el chino nos estaba insultando y el ruso le hizo callar”, insertado

-          “gentuza antiblanca”, insertando el día 29/06/2014 después de intercambiar con otros usuarios comentarios relativos a la agresión anteriormente descrita.

-          “más diversidad significa menos gente blanca”

-          “KKK”, siglas que pertenecen al Ku kux klan

-          otro día quitando mierda comunista.88”,  este comentario utiliza los guarismos 88 que en la jerga nacional socialista representan a Adolf Hitler por equiparar la letra H con su número de orden en el abecedario.

El acusado, al comprobar la enorme trascendencia mediática que tuvieron los hechos, y para borrar cualquier vestigio en Internet que pudiera demostrar su participación en los mismos, borró sus perfiles en Twitter y Youtube, aunque la investigación policial emprendida, junto con la gran colaboración prestada por la ciudadanía, permitió conocer parte del contenido de sus cuentas y recopilar los comentarios expuestos.


SEGUNDA: los hechos descritos son constitutivos de los siguientes delitos:

a)     Un delito contra la integridad moral del art. 173 del Código Penal.

b)     Una falta de lesiones del art. 617.1 del Código Penal.

c)      Un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución en su modalidad provocación a la discriminación, al odio o la violencia del art. 510 apartado 1º del código penal por motivos xenófobos y racistas.


TERCERA: es autor el acusado de ambas infracciones penales conforme al artículo 28 del Código Penal.

CUARTA: por lo que respecta a circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, no concurren en ninguno de los dos delitos y concurre en la falta del apartado b) la agravante de discriminación por motivos racistas y  xenófobos del art. 22.4 del Código Penal.


QUINTA: corresponde imponer al acusado las siguientes penas:

-          Por el delito del apartado a) la pena de 1 año de prisión y prohibición de comunicación por cualquier medio o procedimiento y acercamiento a la víctima Sanduijav B en un radio de 1.000 metros, cualquiera sea el lugar en el que se encuentre, incluido su domicilio o lugar de trabajo o estudios por tiempo de 3 años.

-          Por la falta del apartado b) la pena de dos meses de multa con una cuota diaria de 30 euros y responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas (art. 53 CP).


-          Por el delito del apartado a) la pena de 2 años de prisión y multa 9 meses con una cuota diaria de 30 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas (art. 53 CP).


Las penas de prisión conllevarán la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el período de la condena (art. 44 en relación con el art 56.1 apartado 2º del código penal.

RESPONSABILIDAD CIVIL: el acusado como responsable civil directo indemnizará a Sanduijav       en la cantidad de en la cuantía de 550 euros en concepto de responsabilidad civil por las lesiones causadas 9.000 euros por los daños morales derivados de la gratuita y brutal agresión así como por su difusión masiva e indiscriminada a través de las redes sociales en Internet, cantidad que se incrementará en el interés legal con arreglo a lo dispuesto en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento civil vigente.

OTROSÍ I: asegúrense las responsabilidades pecuniarias formándose pieza separada a tal efecto.

OTROSÍ II: confiérase traslado expresamente al Ministerio Fiscal del escrito de defensa emitido por el letrado del acusado.


OTROSÍ III: Por parte del Juzgado de lo Penal se dispondrán el día del juicio oral los medios técnicos que permitan la reproducción del disco compacto con la grabación de los hechos, prueba documental que se interesa en el otrosí siguiente.



OTROSÍ IV: para el acto del juicio oral este Ministerio propone la siguiente prueba:

1) Interrogatorio del acusado.

2) Testifical, con examen de los siguientes testigos que deberán ser citados judicialmente:
           
                 

Barcelona a 19  de diciembre de 2014

                                                                  EL FISCAL, M.A. AGUILAR

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