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dimecres, 25 de març del 2015

DEVOLUCIONES EN CALIENTE Y LA FALACIA DEL DERECHO DE ASILO, tras aprobación texto definitivo en el Senado



Tras barajarse diversos redactados, el Senado aprobó el 12 de marzo la modificación de la Ley de Extranjería que pretende legalizar las devoluciones en caliente en las vallas de Ceuta y Melilla, mediante una enmienda del Grupo Popular presentada en el trámite del Senado de la Ley de Seguridad Ciudadana. Un procedimiento que ha evitado que organismos como el Consejo de Estado, que analizan los anteproyectos de ley antes de remitirse a la Cortes, se tuvieran que pronunciar sobre este añadido a la ley de Seguridad Ciudadana, que modifica la ley de Extranjería, afecta a la de Asilo, relativiza el concepto de frontera y pretende legalizar un uso indeterminado de fuerza, la omisión de socorro a personas heridas en territorio español, además de  no dar seguridad jurídica a los agentes de la Guardia Civil, dado que continuarán vulnerando la ley. Y es que aporrear o llevarse en volandas a una persona herida y entregarla sin identificarla previamente a soldados marroquíes, no cabe en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea.

Fue precisamente tras la imputación por parte del Juzgado número 2 de Melilla del Coronel de la Guardia Civil de dicha ciudad, por las devoluciones realizadas al margen de la ley, y con participación de soldados marroquíes (leer texto auto completo de imputación), que el Ministerio del Interior decidió buscar una fórmula que diera cobertura legal a dicha práctica. Posteriormente a la presentación de la enmienda, el Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta  imputó a 16 guardias civiles por su actuación en la playa del Tarajal, junto al espigón en el que termina la valla, donde murieron ahogados hace un año quince inmigrantes repelidos con material antidisturbios mientras nadaban. Y días más tarde fueron imputados otros ocho agentes por su actuación en la valla de Melilla el 5 de octubre. Además se está tramitando la querella presentada por Renaud Taffou Nyam “Belletti” que, tras saltar y llegar al Centro de Estancia Temporal de Melilla, donde se alberga durante meses a los que llegan, puso una querella en el Juzagado de Melilla, aportando imágenes gravadas por él mismo encaramado en una de las vallas en una anterior tentativa de salto, en la que se muestra claramente la actuación de la Guardia Civil.  Belletti, que hace un mes fue trasladado al CIE de Barcelona para ejecutar su expulsión, fue puesto en libertad ayer al acceptarse su solicitud de asilo.

La manera que se aplican estas devoluciones consiste en entregar por la fuerza a soldados marroquíes, que en ocasiones están en territorio español entre la segunda y tercera valla, a los que quedan atrapados entre las mismas, y a aquellos que habiendo saltado ya las tres, son capturados por la Guardia Civil mientras corren hacia el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes. Hecho que el ministro Jorge Fernández Díaz justificó diciendo que la línea fronteriza no se traspasa en las vallas, sino tras superar los guardias civiles que las custodian. Una vez son capturados, incumpliendo la ley de Extranjería, que obliga a identificarlos y entregarlos a la policía nacional competente para expulsarlos, ante la que podrían solicitar asilo, estén o no heridos, voluntariamente, a porrazos o llevados en volandas, son entregados a soldados marroquíes.
    
Si bien el Partido Popular cuando anunció la enmienda, hizo público un redactado que decía se atendería a los que resultasen heridos al caer, y si era preciso serían trasladados a un centro sanitario sin aplicarles ya la llamada devolución en caliente, posteriormente, el en texto se eliminó dicho aspecto, pero se añadió otro que comprometía al Ministerio del Interior a aprobar un protocolo de actuación. Protocolo que debería delimitar qué tipo de fuerza se pude aplicar, la atención a los heridos, el espacio tras la tercera valla en que la que la Benemérita puede capturar-los y qué ocurre con los que soliciten asilo.

Pero en el texto aprobado definitivamente por el Senado se retiró este punto relativo a la aprobación del protocolo, por lo que pese a que de hecho exista ya algún protocolo, al no tener rango jurídico, no podrá recurrirse. El texto aprobado sólo dice que los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de Ceuta y Melilla “mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera, podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal”. No aclara qué tipo de fuerza se puede ejercer, ni dónde termina el espacio en el que se podrá ejecutar. En la disposición se añade que se respetará la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional –derecho de asilo-, y que se habilitará en los puestos fronterizos oficinas para solicitar acogerse al mismo. Y coherentemente con ello el ministró inauguró hace unos días en Melilla la oficina para solicitar dicho derecho en el puesto fronterizo.

Con ello el Ministerio ha pretendido acallar las críticas de diferentes responsables europeos, entre ellos, el comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muiznieks,  que dijo que el texto "no se ajusta a la legislación ni de la Unión Europea, ni del Consejo de Europa, ni de la ONU" en materia de fronteras y asilo. También se pronunció en contra la comisaria europea, Cecilia Malmström, que advirtió que dicha práctica vulnera diversas normativas. Y tras la aprobación del texto definitivo El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha emitido un comunicado en el que más allá de sus discrepancias con la enmienda aprobada, "considera que su puesta en práctica exige ahora un marco procedimental claro para la actuación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, así como la suspensión inmediata de las devoluciones automáticas", es decir el protocolo que se anunciaba un anterior redactado del texto, y que el mismo tenga rango normativo.

El añadido que de se crearan en los pasos fronterizos oficinas para solicitar asilo o protección internacional es innecesario, dado que desde la aprobación de la primera ley de asilo, en 1984, cualquier extranjero que accede a un puesto fronterizo español, puede manifestar allí que pide acogerse a este derecho. Aceptación a trámite de la solicitud que sí ha funcionado en los aeropuertos de Barajas o el Prat, pero no en Ceuta y Melilla, dado que los policías españoles del puesto fronterizo hacían caso omiso de la petición de aquellos a los que los agentes marroquíes les permitían salir de Marruecos. La dificultad en solicitar asilo en los pasos fronterizos de Ceuta y Melilla es que los agentes marroquíes no dejan salir de Marruecos por el paso habilitado a los originarios de países en conflicto como Mali, Somalia o Eritrea –los cuales no tiene más remedio que saltar la valla- pero en cambio sí a los ciudadanos de Siria que salen legalmente de Marruecos y piden acogerse a este derecho al policía español del puesto fronterizo. Aprobar que se habilitaran nuevas oficinas, no significa cambio alguno, ni que los que intentan acceder a Ceuta y Melilla procedentes de países en conflicto lo tengan más fácil para solicitarlo.

Esta supuesta legalización de la devolución en caliente vulnera además la legislación de asilo, dado que aquellos que saltando la valla entran en España y son capturados por la Guardia Civil no pueden formalizar su petición y son devueltos inmediatamente por la fuerza, se ignora el artículo 17-2 de la ley de Asilo, que dice no será sancionada la entrada ilegal cuando haya sido realizada por personas que reúnen los requisitos de la protección internacional, los cuales no serán expulsados hasta que se inadmita a trámite o se rechace su solicitud.


Pero al margen de legalismos, el debate político sobre esta cuestión se ha realizado en España descontextualizandose de la situación de conflicto en diversos países del Próximo Oriente y África, y de situaciones, como la guerra civil en Libia que ha expulsado hacia Europa a los originarios de otros países estaban allí. Y el hecho que a Ceuta y Melilla hayan llegado en 2014 en saltando las vallas o por mar 6.734 personas, en un momento que apenas llegan pateras a Andalucía, es una cifra irrisoria frente al cuarto de millón de irregulares llegados a las costas de Europa, el 80% de los cuales lo han hecho en barco o patera por Italia. Y en Italia o Malta no se habla de asalto sus fronteras, sino de crisis humanitaria y de la insuficiente solidaridad de las instituciones europeas.  
Xavier Rius 


 TEXTO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DE LA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA APROBADA EL JUEVES EN EL SENADO, QUE MODIFICA LA LEY DE EXTRANJERÍA, LEGALIZANDO LAS DEVOLUCIONES EN CALIENTE.

Como se ve se ha eliminado el punto 4 que preveía la aprobación de un protocolo de actuación:

"Modificación, de resultas de la cual la redacción propuesta para el apartado 1 de la disposición final primera (nueva) del Proyecto de Ley Orgánica pasa a ser la siguiente:
«1. Se adiciona una disposición adicional décima a la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, con la siguiente redacción:
Disposición adicional décima. Régimen especial de Ceuta y Melilla.
1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.
2. En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.
3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.»
(...) La ley entrará en vigor el 1 de julio de 2015, excepto la disposición adicional 1 (Devolución en caliente) que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE
SE HA ELIMINADO EL PUNTO 4  QUE COMPROMETÍA A INTERIOR A APROBAR UN PROTOCOLO FIJANDO QUE FUERZA SE PUEDE USAR Y QUIÉN PUEDE ESTAR O NO EN EL ESPACIO ESPAÑOL ENTRE VALLAS EN EL QUE AHORA ACTUA LA GENDARMERÍA Y EJÉRCITO MARROQUÍ. Este era su redactado:
"4) El Ministerio del Interior aprobará un protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los perímetros fronterizos.»"

   
 Foto feta per Jaume Almirall des de la banda marroquí a Melilla

dilluns, 9 de març del 2015

EL SENADO APRUEBA MAÑANA LAS DEVOLUCIONES EN CALIENTE DENTRO DE LA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA, ELIMINANDO EL APARTADO QUE DECÍA QUE SE APROBARÍA UN PROTOCOLO DE ACTUACIÓN, LO CUAL GENERA MÁS INSEGURIDAD AL NO QUEDAR CLARAS LAS NORMAS



El Pleno del Senado que se inicia mañana apobará (en principio el miércoles) la ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza que, entre sus aspectos negativos, está la legalización de las llamadas devoluciones en caliente en Ceuta y Melilla y el impedimento de que puedan solicitar acogerse al derecho de asilo quienes sean interceptados por la Guardia Civil tras saltar.  Según Human Rights Watch, el proyecto legislativo, que ya fue aprobado por el Congreso de los Diputados, contiene disposiciones violatorias de los derechos de libertad de expresión y reunión pacífica, penaliza injustificadamente a grupos vulnerables e incumple normas internacionales sobre asilo dado que establece que en dicho momento, ya en suelo español, no podrán solicitarlo dado que deberá hacerse en los lugares habilitados de los puestos fronterizos españoles a los que desde Marruecos no pueden acceder. Este redactado ha sido denunciado por numerosos organismos defensores del derecho de asilo.
 La llamada devolución en caliente se ha introducido mendiante una enmienda al articulado en el Congreso, modificada de nuevo en el Senado, evitando así que se pronunciara sobre la misma los organismos preceptivos que estudían los proyectos de ley como el  Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial.
Finalmente se ha eliminado el punto 4 que decía que el Ministerio del Interior aprobaría un protocolo para aplicar estas devoluciones. Desde mi punto de vista ello genera más inseguridad jurídica dado que nadie sabrá que fuerza se podrá aplicar ni que pasará con lo que resulten heridos, ni si lo agentes actuan dentro o fuera de la ley.

TEXTO PRESENTADO COMO ENMINEDA DEL PP EN EL SENADO:
El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final primera (nueva) (introducida por el Congreso de los Diputados).

ENMIENDA
De modificación.
Se modifica el apartado 1 de la disposición final primera, que queda redactada en los siguientes términos:
«1. Se adiciona una disposición adicional décima a la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, con la siguiente redacción:
Disposición adicional décima. Régimen especial de Ceuta y Melilla.
1) Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera, podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.
2) En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.
3) Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.
4) El Ministerio del Interior aprobará un protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los perímetros fronterizos.
»

INFORME DE LA PONENCIA QUE SE VOTARÁ MAÑANA
Como se ve se ha eliminado el punto 4 que preveía la aprobación de un protocolo de actuación:

"Modificación, de resultas de la cual la redacción propuesta para el apartado 1 de la disposición final primera (nueva) del Proyecto de Ley Orgánica pasa a ser la siguiente:
«1. Se adiciona una disposición adicional décima a la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, con la siguiente redacción:
Disposición adicional décima. Régimen especial de Ceuta y Melilla.
1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.
2. En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.
3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.»
(...) La ley entrará en vigor el 1 de julio de 2015, excepto la disposición adicional 1 (Devolución en caliente) que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE

divendres, 28 de febrer del 2014

ELS CETI, AIXETA D'EUROPA. Publico aquest article a El Periódico sobre els Centres d'Estància Temporal de Ceuta i Melilla

Una de les conseqüències de la pressió que va fer Espanya i la Unió Europea el 2005 per acabar amb les piragües que arribaven a Canàries, va ser el desplaçament de les rutes cap a l’illa italiana de Lampedusa i Grècia. Una migració que s’ha incrementat aquest últim any per l’èxode generat per les guerres de Síria, Líbia i Mali.
 Molts dels que arriben a Ceuta i Melilla, si són persones fugides d’un conflicte, poden sol·licitar la protecció que atorguen les lleis d’asil o la subsidiària a les víctimes de guerres. Però, mentre que el preu per poder embarcar-se en una pastera cap a Lampedusa és alt, saltar les tanques de les dues ciutats o arribar nedant des del Marroc és gratis.
 La pressió migratòria sobre les costes andaluses i canàries és deu vegades menor en aquests moments que la que patien fa nou anys. Però segueix havent-hi molts subsaharians que van iniciar fa temps la ruta cap a les costes del Marroc. I, evidentment, ni faran marxa enrere, ni viatjaran milers de quilòmetres cap a Lampedusa.
 Una gran part dels que han saltat recentment la tanca a Melilla fugen de Síria, i van agafar aquest camí perquè no tenien mitjans per pagar la pastera. Recordem el cas de Manar Almustafa, la dona siriana que va arribar a Barcelona el 29 de desembre amb el 90% del seu cos cremat, per ser atesa a la unitat de cremats de la Vall d’Hebron. Manar va recórrer un llarg camí des de Síria i va aconseguir burlar la tanca de Melilla. Una vegada a dins va sol·licitar protecció com a víctima de guerra. Però va estar retinguda dos mesos a la ciutat sense aconseguir resposta, fins que, gràcies a la difusió del cas a la premsa, se li va atorgar la protecció que li ha permès traslladar-se a Barcelona.
 La pressió que pateixen Ceuta i Melilla és un problema que no ha de recaure només en les autoritats espanyoles, sinó que l’ha d’afrontar tota la Unió Europea. Però aquesta pressió és un peatge que Espanya ha d’assumir per tenir aquestes ciutats a l’altre costat del Mediterrani. Els CETI són senzillament l’aixeta amb què Espanya obre i tanca la porta segons la pressió que rep.
 Aquells que salten la tanca o arriben nedant, saben que han d’evitar que la Guàrdia Civil els agafi i sense donar-los peu a dir que són menors, dones embarassades o sol·licitants d’asil, vulnerant la llei, obri la tanca i els empenyi cap al Marroc. Si eviten que els atrapin i arriben a comissaria, tenen molt de guanyat. Demanen asil, es declaren víctimes de conflictes armats o, senzillament, no donen la seva identitat. L’admissió de la sol·licitud d’asil impedeix l’expulsió, i la falta de dades, en els altres casos, fa poc probable que aquesta es pugui executar. Llavors entren als llimbs dels Centres d’Estada Temporal d’Immigrants, on poden passar mesos, i poden deambular per aquestes ciutats. La majoria obté l’enyorat passatge a la Península quan s’accepta la seva sol·licitud d’asil o quan, si resulta difícil la seva expulsió, aquests centres es col·lapsen amb noves arribades.
 Els valors de solidaritat i defensa dels drets humans s’expressen tractant amb humanitat aquestes persones, no proposant una impossible legalització de les anomenades expulsions en calent. 
Xavier Rius, periodista


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El meu anàlisis complementa l'article de Mayka Navarro que és Tema del dia al Periódico (clica)
Leer el artículos del 15 de febrero," Ceuta y los muertos en agua salada"

LOS CETI, EL GRIFO DE EUROPA
Una de las consecuencias de la presión que hizo España y la Unión Europea en el 2005 para acabar con los cayucos que llegaban a Canarias, fue el desplazamiento de las rutas hacia la isla italiana de Lampedusa y Grecia. Una migración que