dimecres, 27 de desembre del 2023

Sàhara, el conflicte oblidat. El Triangle

 Xavier Rius Sant, El Triangle, dimecres 27 de desembre de 2023

Llegir en català al Triangle


Una de les conseqüències de la guerra de Gaza és que ha deixat en l’oblit altres conflictes i vulneracions dels drets humans. Conflictes que han desaparegut de l’actualitat informativa i veuran retallat l’ajut del que depenen. És el cas dels desplaçats de les la guerra del Sudan, dels Rojinyes a Bangladesh o dels sahrauís a Tinduf, Algèria.

En el cas dels campaments de refugiats sahrauís de Tinduf, l’ajuda ja havia disminuït fa quatre anys a causa de la Covid quan van deixar-se de fer tant les vacances d’estiu de milers de nens sahrauís a Espanya que eren acollits per famílies com els viatges de Setmana Santa i desembre en vols xàrters amb els que moltes d’aquestes famílies d’arreu de l’Estat es desplaçaven als campaments per veure els nens. I tant al setembre en tornar els nens cap al Sàhara com quan arribava la visita de les famílies acollidores rebien un important donatiu. Després del parèntesis de de 2020 i 2021, l’estiu de 2022 es van reprendre les vacances de nens a l’Estat espanyol, però per un nombre menor.

Fa tres setmanes vaig viatjar als camps de refugiats de Tinduf amb seixanta catalans que anaven a veure als nens sahrauís. Uns nens i nens que són néts dels habitants de l’antiga província espanyola del Sàhara Occidental que van haver de fugir cap Algèria quan el 1975, aprofitant l’agonia del general Franco que s’havia compromès amb l’ONU a descolonitzar el territori, fou ocupat pel Marroc, iniciant-se una llarga guerra. Com al Marroc li era impossible controlar el desert, construí un mur de més de dos mil quilòmetres amb el que es quedà amb el 70% del territori i el Front Polisario el 30 restant. Però tot i això els soldats marroquins, que no s’adaptaven al clima, queien en reiterades emboscades i es rendien. La guerra durà fins 1991 quan els independentistes sahrauís del Front Polisario i el rei Hassan II del Marroc acceptaren un pla de pau pel que l’ONU organitzaria un referèndum en el que tant els refugiats del Tinduf com els sahrauís que es quedaren en el territori que ocupava Marroc decidirien si volien ser independents o formar part del Marroc. I es declarà un alto el foc que va durar 30 anys amb una força de pau, la Missió de Nacions Unides per la celebració del Referèndum al Sàhara Occidental (MINURSO) que s’encarregà de fer el cens pel referèndum previst per 1997 i verificar el compliment de l’alto el foc.

Lamentablement la MINURSO no va actuar per verificar el compliment dels drets humans al territori ni protegir als sahrauís que lluitaven pacíficament per la independència. El Polisario com a mostra de bona voluntat alliberà els més de dos mil presoners. Però a l’hora de la veritat Marroc es va fer enrere posant més obstacles i presionant Espanya amb Ceuta i Melilla o deixant sortir més pasteres, si feia algun gest en favor del referèndum. Demanà que els colons marroquins també poguessin votar, cosa que el Polisario acceptà, però llavors Marroc tornà a rebutjar el referèndum en adonar-se que molts d’aquests havien acabat simpatitzant amb el Polisario i els seus fills liderant les protestes a les ciutats de l’Aaiun i Smara. I fa tres anys quan Marroc, sense que la MINURSO ho impedís, desplegà tropes en una franja al sud, més enllà del mur de separació, el Polisario donà per trencat l’alto el foc i va tornar a la guerra. Una tornada a les hostilitats que no ha capgirat la situació. L´únic canvi ha estat un acostament de Pedro Sánchez al Marroc.

Quan vaig ser als campaments el 1997, any que s’havia de fer el referèndum, vaig trobar un poble vivint en haimes esperançat. Anys més tard a mida que el referèndum es demorava, el panorama dels campaments de Tinduf va canviar construint-se al costat de cada haima una petita casa de totxos de tova. Ara quan hi he tornat m’he trobat que la uralita i el ciment està substituint les haimes i molta gent ha obert una botiga o taller, cosa que vol dir que pensen que no tornaran a curt termini a la seva terra. Vaig conversar sobre aquests canvis amb el president del Parlament Saharauí, Hamma Salama, i reconeixia que el Polisario no podia interferir en aquest canvi econòmic perquè si volgués regular-ho o cobrar impostos als qui inicien activitats hauria de donar drets com la seguretat social. I de moment l’únic que fa el Front Polisario es gestionar amb la Mitja Lluna Roja el repartiments de l’ajut humanitari de manera igualitària. Un ajut que ha disminuït un 25%, però a conseqüència de la pujada de preus i la disminució dels donants aviat serà menor.





Una de las consecuencias de la guerra de Gaza es que ha dejado en el olvido a otros conflictos y vulneraciones de los derechos humanos. Conflictos que han desaparecido de la actualidad informativa y verán recortada la ayuda de la que dependen. Es el caso de los desplazados de las la guerra de Sudán, de los Rohingyas en Bangladesh o de los saharauis en Tinduf, Argelia.

En el caso de los campamentos de refugiados saharauis de Tinduf, la ayuda ya había disminuido hace cuatro años a causa de la Covid cuando dejaron de hacerse tanto las vacaciones de verano de miles de niños saharauis en España que eran acogidos por familias como los viajes de Semana Santa y diciembre en vuelos chárteres con los que muchas de estas familias de todo el Estado se desplazaban a los campamentos para ver a los niños. Y tanto en septiembre al volver los niños al Sáhara como cuando llegaba la visita de las familias acogedoras recibían un importante donativo. Tras el paréntesis de 2020 y 2021, en verano de 2022 se reanudaron las vacaciones de niños en el Estado español, pero por un número menor.

Hace tres semanas viajé a los campos de refugiados de Tinduf con sesenta catalanes que iban a ver a los niños saharauis. Unos niños y niñas que son nietos de los habitantes de la antigua provincia española del Sáhara Occidental que tuvieron que huir a Argelia cuando en 1975, aprovechando la agonía del general Franco que se había comprometido con la ONU a descolonizar el territorio, fue ocupado por Marruecos, iniciándose una larga guerra. Como a Marruecos le era imposible controlar el desierto, construyó un muro de más de dos mil kilómetros con el que se quedó con el 70% del territorio y el Frente Polisario el 30 restante. Pero sin embargo los soldados marroquíes, que no se adaptaban al clima, caían en reiteradas emboscadas y se rendían. La guerra duró hasta 1991 cuando los independentistas saharauis del Frente Polisario y el rey Hasan II de Marruecos aceptaron un plan de paz por el que la ONU organizaría un referéndum en el que tanto los refugiados del Tinduf como los saharauis que se quedaron en el territorio que ocupaba Marruecos decidirían si querían ser independientes o formar parte de Marruecos. Y se declaró un alto el fuego que duró 30 años con una fuerza de paz, la Misión de Naciones Unidas por la celebración del Referéndum en el Sáhara Occidental (MINURSO) que se encargó de realizar el censo por el referéndum previsto para 1997 y verificar el cumplimiento del alto el fuego.

Lamentablemente la MINURSO no actuó para verificar el cumplimiento de los derechos humanos en el territorio ni proteger a los saharauis que luchaban pacíficamente por la independencia. El Polisario como muestra de buena voluntad liberó a los más de dos mil prisioneros. Pero a la hora de la verdad Marruecos se echó atrás poniendo más obstáculos y presionando a España con Ceuta y Melilla o dejando salir más pateras, si hacía algún gesto en favor del referéndum. Pidió que los colonos marroquíes también pudieran votar, cosa que el Polisario aceptó, pero entonces Marruecos volvió a rechazar el referéndum al darse cuenta de que muchos de ellos habían acabado simpatizando con el Polisario y sus hijos liderando las protestas en las ciudades de Aaiún y Smara. Y hace tres años cuando Marruecos, sin que la MINURSO lo impidiera, desplegó tropas en una franja en el sur, más allá del muro de separación, el Polisario dio por roto el alto el fuego y volvió a la guerra. Un retorno a las hostilidades que no ha modificado la situación. El único cambio ha sido un acercamiento de Pedro Sánchez a Marruecos.

Cuando estuve en los campamentos en 1997, año en que debía hacerse el referéndum, encontré un pueblo viviendo en jaimas esperanzado. Años más tarde a medida que el referéndum se demoraba, el panorama de los campamentos de Tinduf cambió construyéndose junto a cada jaima una pequeña casa de ladrillos de adobe. Ahora cuando he vuelto me he encontrado con que la uralita y el cemento está sustituyendo a las jaimas y mucha gente ha abierto una tienda o un taller, lo que quiere decir que piensan que no volverán a corto plazo a su tierra. Conversé sobre estos cambios con el presidente del Parlamento Saharaui, Hamma Salama, y reconocía que el Polisario no podía interferir en ese cambio económico porque si quisiera regularlo o cobrar impuestos a quienes inician actividades debería dar derechos como la seguridad social. Y de momento lo único que hace el Frente Polisario es gestionar con la Media Luna Roja los repartos de la ayuda humanitaria de forma igualitaria. Una ayuda que, ha disminuido un 25% pero que a consecuencia de la subida de precios y la disminución de los donantes en breve será menor.



diumenge, 17 de desembre del 2023

El ciment substitueix les haimes al Sàhara. Article al Punt Avui

 


Xavier Rius Sant, 17 de desembre de 2023. El Punt Avui

L’antiga província espanyola del Sàhara, la major part ocupada pel Marroc, és el més gran dels 17 territoris pendents de descolonitzar segons l’ONU, i és l’únic d’aquests on hi ha conflicte armat i que pateix una greu crisi humanitària. Des del 1997, any en què s’havia de fer el referèndum d’independència, he estat reiterades vegades als campaments de refugiats sahrauís a Tindouf, Algèria, on he passat una setmana aquest desembre i he comprovat com les construccions de ciment i d’uralita substitueixen cada cop més les haimes, fet que és una confirmació que tenen clar que el conflicte va per llarg. I la situació que m’he trobat és pitjor de la que esperava. Fa tres anys el Marroc trencà l’statu quo amb el qual s’arribà el 1991 al pla de pau, i va ocupar i desplegar tropes en un tram al sud del mur de separació, fronterer amb Mauritània. El Polisario ho va denunciar i, en no recular el Marroc, va donar per trencat l’alto el foc. Una decisió que, per justificada que fos, a curt termini podria haver estat un error. Ara els sahrauís ja no lluiten contra soldats marroquins desmotivats que queien en emboscades, sinó que s’enfronten a drons contra els quals no poden protegir-se. I el retorn a la guerra ha obligat milers de nòmades que vivien amb els seus ramats a la part de l’antic Sàhara espanyol que controla el Polisario a marxar cap als camps de refugiats on han mort moltes cabres i camells per manca de pastures. 

El president del Parlament sahrauí, Hamma Salama, m’explicà: “Malgrat el silenci informatiu sobre el retorn a les hostilitats que hi ha al Marroc, hem iniciat una guerra a llarg termini per demostrar al Marroc que el conflicte que deia que havia resolt va llarg.” Però el principal problema que es pateix als campaments de Tindouf no ve donat per la guerra, sinó per la disminució de l’ajuda humanitària. La covid va tallar en sec el desplaçament de nens sahrauís a passar l’estiu a l’Estat espanyol, pràctica que s’ha recuperat en part des del 2022 però amb un nombre molt menor de nens. I aquests nens quan tornaven al Sàhara ho feien amb un donatiu de les famílies acollidores, moltes de les quals viatjaven després als campaments amb més ajuts. Però el que ha fet disminuir més l’abastament ha estat la pujada de preus dels aliments amb la guerra d’Ucraïna, fet que ha coincidit amb la disminució d’aportacions dels països donants. Segons m’explicà Yahia Buhabeini, president de la Mitja Lluna Sahrauí, la cistella mensual de menjar aportat per l’ONU i els donants s’ha retallat una quarta part, però el pitjor vindrà ara amb les noves pujades de preus i el desviament que faran els donants per afrontar el desastre de Gaza. De moment el 30 d’octubre el Consell de Seguretat de l’ONU va instar de nou a aconseguir una solució política acceptada per les parts. Però, cada cop que Espanya fa un petit gest en favor dels sahrauís, el Marroc respon amb la immigració, a Ceuta i Melilla. Recordem que quan el maig del 2021 Espanya va acollir el president sahrauí, Brahim Ghali, malalt de la covid, el Marroc llençà sis mil joves cap a Ceuta que saltaren la tanca o arribaren nadant. El conflicte va per llarg i potser per això la uralita i el ciment substitueix cada cop més les haimes.

 Llegir al Punt Avui




Hamma Salama
Yahia Buhabeini, president de la Mitja Lluna Roja Sahrauí,


 
Un nòmada que va haver de deixar les pastures a causa del retorn a la guerra i el ramat se li va morir

dimecres, 13 de desembre del 2023

Parte de los militantes de Hacer Nación del Corredor de Henares, incluidos los dos concejales de Velilla de San Antonio, únicos cargos públicos que tenía el partido, abandonan la formación. Las disparidades entre parte de los militantes de la Comunidad de Madrid con la dirección que lidera desde Jaén Mario Martos, a quien responsabilizan de los malos resultados electorales lleva a la ruptura. Pese a todo Martos afirma que este último mes el partido ha crecido con nuevos militantes ¿Se confirma que Vox deja sin espacio electoral a grupos ultras o socialpatriotas cuyos dirigentes no quisieron o no pudieron entrar en la formación de Abascal?

                                



(Árticulo actualizado, jueves 14 de diciembre a las 17 horas)

La crisis que se vivía en  Hacer Nación entre parte de los militantes del Corredor de Henares, entre ellos los dos únicos concejales que tiene el partido, Pedro Jesús Espada y Ramón Muñoz, a la que me referí hace dos semanas, se ha hecho pública al anunciarse en la cuenta de Twitter de Hacer Nación de Velilla de Sant Antonio que sus militantes y los concejales abandonan el partido para sumarse junto a otros miembros de Hacer Nación a un nuevo proyecto.

Como se explica en la red X, se arrastraban desde las pasadas elecciones municipales discrepancias importantes entre parte de los militantes del Corredor de Henares con la dirección del partido que lidera desde Jaén, Mario Martos,  al que reprochan que destinase buena parte de los recursos económicos del partido a la candidatura de éste en Jaén en perjuicio del las candidaturas en el Corredor de Henares en Madrid donde el partido estaba implantado y tenía representación en tres ayuntamientos conseguidos cuatro años antes con la sigla de España 2000. Finalmente Hacer Nación sólo consiguió representación en Velilla de San Antonio donde superando a Vox obtuvo 817 votos, un 11,93% y dos concejales. En la localidad también del Corredor de Henares de los Santos de la Humosa, donde España 2000 consiguió la alcaldía en 2019, su alcalde Lázaro Polo no se sumó a Hacer Nación, sino que pactó con Isabel Díaz Ayuso afiliarse al PP y revalidó la alcaldía hace medio año como militante del PP.  Otros dirigentes de Hacer Nación como el ex concejal de San Fernando de Henares, Sandro Algaba, continua en el partido.

La versión que me ha dado el Secretario General de Hacer Nación, Mario Martos, es que en el congreso que celebró el partido el pasado 5 de noviembre, los que ahora han abandonado el partido junto a otros militantes presentaron una candidatura que fue derrotada por la lideradada por él. Según afirma Martos "desde Hacer Nación, agradecemos el trabajo prestado por aquellas personas que han formado parte del proyecto, a pesar de que su visión sea otra distinta, pero es cierto que no entendemos la forma de proceder de determinadas personas ante un proceso interno en el que los afiliados han decidido su visión y el futuro de nuestro movimiento, esto simplemente hace que nos reafirmemos en nuestras ideas" Y añade que "en este último mes hemos conseguido que mucha gente se acerque a nosotros y que el partido continúe creciendo, algo que hay que agradecer a toda nuestra militancia que se deja la piel en la calle para que este proyecto siga avanzando y podamos dar la batalla por nuestra nación".





Según Mario Martos este mes con las protestas Hacer Nación ha crecido con nuevos militantes

Ajornat el judici al diputat provincial de Vox, Jordi de la Fuente, i altres 8 persones per l'assalt al centre de menors del Masnou

  




El judici fixat inicialment per la setmana vinent contra el diputat provincial de Vox i regidor de Sant Adrià del Besos, Jordi de la Fuente, i altres vuit persones per l'assalt al centre de menors del Masnou del juliol de 2019, ha quedat ajornat. La Secció 5a que l'havia de cel·lebrar ha presentat un escrit per resoldre qui es competent per fer el judici. Si l'Audiencia de Barcelona o be un jutjat penal de Mataró. La Sala d'Apel·lacions haurà de resoldre quin dels dos jutjats és el competent per fer el judici.

Pel dirigent de Vox la Fiscalia demana una pena de dos anys i dos mesos de presó per haver liderat portant el megàfon la manifestació aquella tarda de juliol de 2019 en contra la presència de menors no acompanyats d'origen marroquí. Manifestació que va començar amb una concentració davant l'Ajuntament, i que va continuar amb una manifestació fins l'alberg, amb agressions i un intent d'assalt o entrada del centre de la Generalitat que acollia un grup de menors no acompanyats i altres joves tutelats.


Mentre Vox, clar defensor d'Israel i de la seva política vers els palestins, va rebutjar o millor dit va donar de baixa del partit a l'advocat José María Ruiz Puerta, ex dirigent de la neonzai CEDADE, entitat negacionista de l'Holocaust en se vetat per la líder madrilenya, Rocío Monasterio, no ha passat el mateix amb De La Fuente tot i el seu passat qüestionant l'Holocaust i ser pro-Hamàs i pro-Hezbol·là. L'any 2009 De la Fuente va ser detingut pels Mossos d'Esquadra per unes pintades a la paret de la sinagoga del barri de les Corts de Barcelona amb el text "El verdadero Holocausto es el de Palestina" i com a dirigent del Movimiento Social Republicano (MSR) havia participat en nombros actes en favor d'aquests grups islamistes i del règim sirià de Basahar Al Assad. A la imatge de dalt el veiem portant la bandera siriana amb l'advocat libanès Adnan Ezzedine, que ha interposat diverses querelles contra Israel per crims de guerra i genocidi a Palestina.

 



De la Fuente en un ple de la Diputació de Barcelona i presentant una conferència de l'editor neonazi Pedro Varela

         

                          
De la Fuente portant el megàfon davant el centre de menors del Masnou el dia de l'assalt



De la Fuente en un acte amb el Partit Socialista Nacional Sirià o Partit Social Nacionalista Sirià (الحزب السوري القومي الاجتماعيal-Ḥizb as-Sūrī al-Qawmī al-Ijtimāʿī, també conegut per les sigles en  anglès SSNP) Es considera una formació propera a la ultradreta nacionalista supremacista, defensor de la Gran Síria






Notícia a El País sobre les pintades a la sinagoga de Barcelona  que el Mossos van atribuir a De la Fuente



divendres, 1 de desembre del 2023

El proper 18 de desembre comença el judici al diputat provincial de Vox, Jordi de la Fuente i altres 8 persones per l'assalt al centre de menors del Masnou. Fiscalia li demana dos anys i dos mesos de presó demana

                            



El proper dilluns 18 de desembre començarà el judici al regidor de Sant Adrià del Besos, i únic diputat provincial de Vox a la Diputació de Barcelona, Jordi de la Fuente,  i a altres vuit persones per l'assalt al centre de menors del Masnou que pressumptament van participar i liderar el 4 de juliol de 2019. Pel dirigent de Vox demana una pena de dos anys i dos mesos de presó per haver liderat portant el megàfon la manifestació aquella tarda de juliol de 2019 en contra la presència de menors no acompanyats d'origen marroquí. Manifestació que va començar amb una concentració davant l'Ajuntament, i que va continuar amb una manifestació fins l'alberg, amb agressions i un intent d'assalt o entrada del centre de la Generalitat que acollia un grup de menors no acompanyats i altres joves tutelats.  Tot i la imputació de De La Fuente, el passat juliol Vox va triar-lo com a únic representant que li corresponia a la Diputació de Barcelona, fet que mostra el suport del partit vers De la Fuente tot i la seva llarga trajectoria ultra, neonazi, defensor d'Hezbol·là, prologuista del llibres de Aleksandr Duguin i defensor d eles idees nacional-boltxevics.

De la Fuente amb l'editor nazi, Pedro Varela.

De la Fuente presentant i prologanmt els llibre d'Aleksander Dugin a La Casa de Rusia de Barcelona



ESCRIT D'ACUSACIÓ

Com explica l'escrit d'acusació de Fiscalia, Jordi de la Fuente va ser dirigent del desaparegut -o millor dit inactiu, donat que no s'ha dissolt- Movimiento Social Republicano (MSR), d'ideologia neonazi o nacional-revolucionari. El maig de 2016 De la Fuente va entrar a Plataforma per Catalunya, on seria Secretari d'Organització i Acció Política, i el passat setembre, va ser nomenat Secretari d'Organització del Comité Executiu de Barcelona de Vox, de la mà del seu president i ex dirigent de PxC, Juan Garriga.  L'escrit d'acusació atribueix de la Fiscalia de Mataró a De la Fuente un delicte d'incitació a l'odi, la violència i la discriminació per motius d'origen nacional, tipificat a l'article 510 del Codi Penal. Més a més a De La Fuente, com als altres vuit acusats, es demana imposar una multa i la inhabilitació durant cinc anys per treballar en l'àmbit educatiu i esportiu.  

Segons l'escrit d'acusació l'acusat DJR portava un megàfon i al costat de Jordi de La Fuente,  donaven instruccions a el grup contrari a l'acollida de menors, promovent que els allí concentrats anessin en manifestació cap a l'alberg "El Balquer" ubicat a les afores del Masnou, amb consignes com "avui els fem fora, anem a al centre. a por ellos!"o "moro de mierda, fuera de aquí, te mataremos” o "vamos a quemar el albergue”, “os vamos a matar" . Entre les persones que es van dirigir a l'alberg, hi havia els acusats JM PM, DLL i JR qui durant el trajecte cap el centre d'acollida proferien expressions contra els menors com ara "A por ellos", exhibint alguns d'ells salutacions vinculades als moviments d'extrema dreta, creant així un clima de confrontació i hostilitat. En  arribar als voltants de la tanca perimetral de centre, i vista de l'actitud bel·ligerant dels concentrats, van ser advertits per agents de Mossos d'Esquadra perquè s'abstinguessin d'accedir a l'interior del recinte. Donada la tensió latent i tractant de garantir la seguretat, els agents de Mossos d'Esquadra es van desplegar formant un altre cordó policial, moment en què JMPM fent cas omís a l'ordre va dir "amb dos collons, pa dentro, pa dentro!", havent d'impedir fins en quatre ocasions el sotsinspector de Mossos d'Esquadra XXXXX l'intent de JMPM de sobrepassar la tanca perimetral. Alguns dels manifestants cridaven "acabarem amb vosaltres, us ho juro"

L'escrit d'acusació, que reprodueixo íntegre sense dades personals, detalla els fets i demana per l'acusat DNL dos anys i dos mesos de presó per un delicte d'atemptat (agressió a un Mosso d'Esquadra) i dos anys i dos mesos per incitació a l'odi, la violència i la discriminació. Segons l'escrit d'acusació, DNL és simpatitzant de el moviment Skin d'ideologia neonazi, moviments violents i radicals d'extrema dreta.

Per  RSC, es demana tres anys i tres mesos de presó, per incitació a l'odi, i set mesos de presó per resitència a l'autoritat. RSC  té, segons l'escrit d'acusació, vinculacions amb els moviments violents i radicals d'extrema dreta, en el seu perfil de la xarxa social Facebook hi ha referències a la problemàtica dels menors migrants del Masnou i comentaris discriminatoris per motius de raça amb referències a Adolf Hitler; 

Pel que fa a I d la CG, se li demana dos anys i dos mesos per incitació a l'odi, i set mesos de presó per resistència a l'autoritat. Segons l'acusació del seu perfil a la xarxa social Facebook es desprèn animadversió contra el col·lectiu dels menors migrants, amb posicions contràries a la presència dels mateixos en la localitat.  

Per DJR, set mesos de presó per resitència a l'autoritat i dos anys i dos mesos per incitació a l'odi. La mateixa pena es demana per JMPM.  Per JLML es demana set mesoso per resistència a l'autoritat, i tres anys i mig pe rincitació a l'odi, la violència i la discriminació. I per DGP i JEPA dos anys i dos mesos de presó per un delicte d'atemptat a l'autoritat.

 

De la Fuente amb el megàfon davant del centre de menosr el 4 de juliol de 2019

 

TEXT ESCRIT D'ACUSACIÓ

 JUZGADO DE INSTRUCCIÓN 1 MATARÓ

DILIGENCIAS PREVIAS 628/19

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 39/20

 

AL JUZGADO

La Fiscal, evacuando el traslado conferido del procedimiento de la referencia arriba indicada, según dispone el artículo 780.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal interesa la apertura de juicio oral ante la AUDIENCIA PROVINCIAL y formula escrito de acusación contra DJR, JA de la FM, JMPM, DLL, JLML, RSC, I de la CG, JEPA, DGP, todos mayores de edad, cuyos domicilios constan en autos; con apoyo en las siguientes conclusiones provisionales:

 

PRIMERA

Se dirige acusación contra DJR, JA de la FM, JMPM, DLL, JLML, RSC, Ide la CG, JEPA, DGP

Sobre las 19:00 horas del día 4 de julio de 2019 tuvo lugar ante el Ayuntamiento de Masnou un acto de protesta en favor de los menores migrantes no acompañados convocado por la XP de Acogida del Masnou, compuesto por unas ochenta o cien personas. A las 19:30 se unió en el mismo lugar otra concentración contraria a la presencia de los menores de la localidad, convocada a través de redes sociales, con una asistencia de aproximadamente ciento cincuenta personas.

Las concentraciones no se encontraban preceptivamente comunicadas a la autoridad gubernativa ni habían sido autorizadas por ésta.

Durante el transcurso de las concentraciones se coreaba, por el grupo contrario a la acogida de menores, entre los que se encontraban DJR, JA de la FM, JMPM, DLL, JLML, RS C e I de la C G, consignas contra estos como “vamos a por ellos”, “moros de mierda”, “vamos a quemar el albergue”, “os vamos a matar”, expresiones con un claro desprecio y animadversión al origen nacional de los menores que provocó, debido al nivel de confrontación entre ambos grupos, que se activaran a los agentes de orden público que llegaron sobre las 20:00 horas. Una vez en el lugar realizaron dos líneas policiales para mantener separados a los grupos concentrados.

 El acusado, DJR, fue requerido hasta en tres ocasiones para que no rebasara el perímetro policial, haciendo caso omiso a las indicaciones de los agentes, insistiendo en su actitud y con ánimo de menoscabar el principio de autoridad que representan saltó el cordón policial, por lo que la subinspectora de Mossos d´Esquadra con TIP X solicitó que se identificara tirando el acusado el DNI al suelo junto con su cartera y llaves y a continuación se bajó los pantalones, finalmente fue identificado.

DJR acudió al lugar portando un megáfono y junto al acusado JA de la F daban instrucciones al grupo contrario a la acogida de menores, promoviendo que los allí concentrados se dirigiera al albergue JMBR “El Balquer”, sito X de la citada localidad, con consignas como “hoy los echamos, vamos al centro, a por ellos”.

 

Entre las personas que se dirigieron al albergue, estaban los acusados JM PM, DLL y DJR quienes durante el trayecto al centro de acogida proferían expresiones contra los menores tales como “a por ellos”, exhibiendo alguno de ellos saludos vinculados a los movimientos de extrema derecha, creando así un clima de confrontación y hostilidad.

Al llegar a las inmediaciones de la valla perimetral del centro, y a la vista de la actitud beligerante de los concentrados, fueron advertidos por agentes de Mossos d´Esquadra para que se abstuvieran de acceder al interior del recinto, dada la tensión latente y tratando de garantizar la seguridad los agentes de Mossos d´Esquadra se desplegaron formando otro cordón policial, momento en que JMPM haciendo caso omiso a la orden dijo “con dos cojones, pa dentro, pa dentro”, teniendo que impedir hasta en cuatro ocasiones el subinspector de Mossos d´Esquadra X el intento de JMPM de rebasar la valla perimetral. Algunos de los manifestantes gritaban “vamos a acabar con vosotros, os lo juro

 

Sobre las 20:45 horas, el Sr. KDS, integrador social que trabaja en el albergue “El Balquer” entró en el centro, momento en que los acusados JLML y RSC, accedieron tras él y con ánimo de menospreciar y humillar su origen nacional, le  gritaron “moro de mierda”, “vete a tu país”, y con ánimo de menoscabar su integridad física le cogieron por la mochila que llevaba, cayó al suelo y le propinaron patadas y golpes por todo el cuerpo, siendo protegido por los agentes actuantes. En este contexto y haciendo caso omiso a las indicaciones de los agentes accedieron más personas al centro, entre ellos, la acusada I de la CG que se dirigió al Sr. D y con ánimo menospreciar y humillar su origen nacional le apuntó con el dedo y le dijo “moro de mierda, vete a tú país, ven aquí cobarde”. Mientras los agentes trataban de salvaguardar la integridad física del Sr. D el acusado, DLL, que también había accedido al centro, con ánimo de menoscabar el principio de autoridad que los agentes representan sujetó al subinspector de Mossos d´Esquadra X por detrás para evitar su actuación y le empujó sin causarle lesión.

Asimismo, el Sr. AM, que prestaba servicios como vigilante de seguridad del albergue “El Balquer”, al advertir el acceso al centro de los manifestantes y para evitar que el menor MY fuera agredido se acercó a él momento en que los que allí se encontraban, con ánimo de menospreciar y humillar su origen nacional al tiempo le decían “seguridad, moro de mierda, fuera de aquí, te mataremos” y con ánimo de menoscabar su integridad física le dieron patadas y puñetazos, asimismo recibió el impacto de objetos.

 Los acusados, DJR, JA de la FM, JMPM, DLL, JLML, RSC e I de la CG participaron en estas acciones en el ámbito de una campaña de intolerancia contra los menores migrantes no acompañados que se había fraguado en las redes sociales, actuando movidos por el desprecio que sentían hacia los menores migrantes y con evidente voluntad de ofender su dignidad, jaleándose entre sí, gritando consignas en contra de la presencia de menores en la localidad por razón de su origen nacional tales como “fuera de aquí moros”, “el pueblo es pequeño y os cogeremos”. Mientras los acusados, en unión de otras personas no identificadas, comenzaron a lanzar numerosas piedras y otros objetos contundentes de forma violenta contra los menores, el personal del albergue y contra los policías uniformados que allí se encontraban.

Con esta actuación los acusados generaron un clima de angustia, zozobra y pánico en los residentes en dicho centro, entre ellos numerosos menores de edad, que escuchaban las consignas, temiendo que pudieran acceder al interior del albergue dada la agresividad de los manifestantes que generó un sensación de inseguridad y miedo.

 Sobre las 20:48 horas se acercaron al centro de menores el grupo de personas de la X de A a favor de acogimiento de los menores por lo que los agentes actuantes realizaron un doble cordón policial a fin de separar a los asistentes, en dicho contexto, el acusado JEPA haciendo caso omiso a las indicaciones de los agentes y menospreciando la labor policial les dijo “sou escoria, pena em feu, inutils, nazis, em foteu pena” y rebasó la distancia de seguridad por lo que el agente de Mossos d´Esquadra número X procedió a su identificación, momento en que con ánimo de atentar contra la integridad física y el principio de autoridad que representa forcejeó con el agente provocando que ambos cayeran al suelo, resultando el agente lesionado en su mano derecha. Ante dicha situación el acusado DGP para evitar la detención de JEPA, dificultando notablemente la labor policial, lo sujetó por el brazo  y propinó un fuerte golpe en el casco al agente de Mossos d´Esquadra X

 Finalmente, sobre las 21:30 horas se restableció el orden.

 Como consecuencia de los hechos ocurridos la tarde del 4 de julio de 2019 se causaron las lesiones a las siguientes personas:

Al Sr. KDS que sufrió lesión consistente en policontusiones que requirieron para su sanidad de una primera asistencia facultativa y tardaron en curar 10 días, sin secuelas.

Al agente de Mossos d´Esquadra con número X que sufrió lesión consistente en contusión en mano derecha, que requirió para su sanidad de una primera asistencia facultativa tardando en curar 8 días, sin secuelas.

A causa del acceso no autorizado al recinto por parte de DNL, RC, JLML e I de la CG en unión a otros manifestantes no identificados, se produjeron daños en parte de las vallas perimetrales, ocasionando desperfectos por valor de 262,57 euros, cuyo importe de reparación asciende a la cantidad de 1270,50 euros.

 El acusado, JA de la FM, con intención de criminalizar al colectivo de menores migrantes no acompañados, en su perfil de la red social Twitter“de la X ”, publicó un video de dos minutos y ocho segundos, URL, sobre los hechos acaecidos afirmando “soy J de la F, el del megáfono, y acabo de venir del Masnou, una población que ahora mismo está sufriendo las consecuencias de la maravillosa política de integración de los llamados menas. Recientemente chicas han sido agredidas y violadas por ellos en todas las comarcas y poblaciones que podamos imaginar. Aquí o paramos esto o se impone la ley, ley dura y firme de extranjería para que los delincuentes no puedan entrar, ni irse de rositas de nuestro país. Esto no termine aquí, por desgracia ni el Masnou, ni en ningún lado. Nosotros tenemos que estar siempre del lado de los vecinos. El del megáfono”.

 Los acusados actuaron por el desprecio y la animadversión que sienten al origen nacional de los menores. JA de la F fue secretario de organización del partido político Plataforma Per Cataluña y dirigente del partido político Movimiento Social Republicano, habiendo defendido en redes sociales y en diferentes entrevistas de medios digitales ser contrario a la inmigración, al islam y el feminismo, participó activamente en movilizaciones contra centros de cultura islámicos, contra la presencia de centros de menores migrantes no acompañados, todo ello con un discurso  de ideología de ultraderecha, con publicaciones en redes sociales contra la inmigración; DNL es simpatizante del movimiento Skin de ideología neonazi, movimientos violentos y radicales de extrema derecha; RSC tiene vinculaciones con los movimientos violentos y radicales de extrema derecha, en su perfil de la red social Facebook hay referencias a la problemática de los menores migrantes del Masnou y comentarios discriminatorios por motivos de raza con referencias a Adolf Hitler; I de la CG de su perfil en la red social Facebook se desprende animadversión contra el colectivo de los menores migrantes, con posiciones contrarias a la presencia de los mismos en la localidad; JMPM fomenta las movilizaciones contra el colectivo de los menores migrantes desde su perfil y publicaciones en la red social Facebook; DJR tiene en su perfil de redes sociales numerosas referencias a la problemática de los menores migrantes con voluntad de liderar y promover movilizaciones contra este colectivo, participando en más de una movilización,  con posiciones de simpatía con la ideología de extrema derecha;

 

SEGUNDA

Los hechos relatados son constitutivos de cinco delitos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, previstos y penados en el artículo 510.1 a) y 5 del Código Penal; dos delitos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, previstos y penados en el artículo 510.1 a) y 5 del Código Penal en concurso de normas con dos delitos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de lesión de la dignidad de las personas por motivos de su origen nacional, previstos y penados en el artículo 510.2 a) y dos delitos contra la integridad moral la integridad moral, previsto y penados en el artículo 173.1 del mismo cuerpo legal en concurso ideal del artículo 77 con un delito leve de lesiones previsto y penado en el artículo 147.2 del mismo cuerpo legal; tres delitos de atentado, previstos y penados en el artículo 550.1 y 2 del Código Penal uno de ellos en concurso ideal con un delito leve de lesiones del artículo 147.2 del mismo cuerpo legal; cinco delitos de resistencia previstos y penados en el artículo 556.1 del Código Penal y cuatro delito leves de daños previstos y penados en el artículo 263.1 párrafo segundo del Código Penal.

 

TERCERA

De estos hechos resulta criminalmente responsable en concepto de AUTOR de conformidad con los artículos 27 y 28 del Código Penal:

- DJR de un delito de resistencia del artículo 556 del Código Penal, un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, previsto y penado en el artículo 510.1 a) y 5 del mismo cuerpo legal.

- JA de la FM un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional del artículo 510.1 a) y 5 del Código Penal.

- JMPM de un delito de resistencia del artículo 556 del Código Penal, un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional del artículo 510.1 a) y 5 del mismo cuerpo legal.

- DNL un delito de atentado del artículo 550.1 y 2 del Código Penal, un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, del artículo 510.1 a) y 5 del mismo cuerpo legal y un delito leve de daños, del artículo 263.1 párrafo segundo del mismo cuerpo legal.

- JLML de un delito de resistencia del artículo 556 del Código Penal, un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional del artículo 510.1 a) y 5 del Código Penal en concurso de normas con un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de lesión de la dignidad de las personas por motivos de su origen nacional, del artículo 510.2 a) y un delito contra la integridad moral la integridad moral del artículo 173.1 del mismo cuerpo legal en concurso ideal del artículo 77 con un delito leve de lesiones del artículo 147.2 del Código Penal y un delito leve de daños, del artículo 263.1 párrafo segundo del mismo cuerpo legal.

- RSC de un delito de resistencia del artículo 556 del Código Penal, un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional del artículo 510.1 a) y 5 del Código Penal en concurso de normas con un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de lesión de la dignidad de las personas por motivos de su origen nacional del artículo 510.2 a) y un delito contra la integridad moral la integridad moral del artículo 173.1 del mismo cuerpo legal en concurso ideal del artículo 77 con un delito leve de lesiones del artículo 147.2 del Código Penal y un delito leve de daños del artículo 263.1 párrafo segundo del mismo cuerpo legal.

- I de la CG de un delito de resistencia del artículo 556 del Código Penal,  un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional del artículo 510.1 a) y 5 del mismo cuerpo legal  y un delito de daños del artículo 263.1 párrafo segundo del Código Penal.

- JEPA un delito de atentado del artículo 550.1 y 2 en concurso ideal con un delito leve de lesiones del artículo 147.2 del mismo cuerpo legal.

- DGP de un delito de atentado del artículo 550.1 y 2 del Código Penal.

 

CUARTA

No concurren en los acusados circunstancias que modifiquen la responsabilidad criminal.

 

QUINTA

Procede imponer las siguientes penas:

- A DJR por el delito de resistencia la pena de 7 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, por el delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, la pena de 2 años y 2 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, 9 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, 5 años de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, y conforme a los dispuesto en el artículo 57 en relación con el artículo 48.1º del Código Penal como pena accesoria la prohibición de que se aproxime a menos de 300 metros del albergue JMB R “El Balquer”, sito en la calle x de la localidad del Masnou por un período de 2 años.

- A JA de la FM por el delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, la pena de 2 años y 2 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, 9 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, 5 años de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, y conforme a los dispuesto en el artículo 57 en relación con el artículo 48.1º del Código Penal como pena accesoria la prohibición de que se aproxime a menos de 300 metros del albergue JMBR“El Balquer”, sito en la calle x de la localidad del Masnou por un período de 2 años.

- JMPM por el delito de resistencia la pena de 7 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, por el delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, la pena de 2 años y 2 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, 9 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, 5 años de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, y conforme a los dispuesto en el artículo 57 en relación con el artículo 48.1º del Código Penal como pena accesoria la prohibición de que se aproxime a menos de 300 metros del albergue JMBR“El Balquer”, sito en la calle X de la localidad del Masnou por un período de 2 años.

- A DNL por el delito de atentado la pena de 2 años y 2 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, por el delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, la pena de 2 años y 2 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, 9 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, 5 años de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, y conforme a los dispuesto en el artículo 57 en relación con el artículo 48.1º del Código Penal como pena accesoria la prohibición de que se aproxime a menos de 300 metros del albergue JMBR“El Balquer”, sito en la calle X de la localidad del Masnou por un período de 2 años y  por el delito leve de daños la pena de 1 mes y 15 días de multa con una cuota diaria de 10 euros.

- A JLML por el delito de resistencia la pena de 7 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, por el delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional en concurso de normas con un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de lesión de la dignidad de las personas por motivos de su origen nacional y un delito contra la integridad moral la integridad moral, la pena de 3 años y 6 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, 9 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, 5 años de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, y conforme a los dispuesto en el artículo 57 en relación con el artículo 48.1º del Código Penal como pena accesoria la prohibición de que se aproxime a menos de 300 metros del albergue JMBR“El Balquer”, sito en la calle X de la localidad del Masnou por un período de 2 años, por el delito leve de lesiones  la pena de 1 mes y 15 días de multa con una cuota diaria de 10 euros, por el delito leve de daños la pena de 1 mes y 15 días de multa con una cuota diaria de 10 euros.

- A RSC por el delito de resistencia la pena de 7 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, por el delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional en concurso de normas con un delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de lesión de la dignidad de las personas por motivos de su origen nacional y un delito contra la integridad moral la integridad moral, la pena de 3 años y 6 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, 9 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, 5 años de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, y conforme a los dispuesto en el artículo 57 en relación con el artículo 48.1º del Código Penal como pena accesoria la prohibición de que se aproxime a menos de 300 metros del albergue JMBR“El Balquer”, sito en la calle X de la localidad del Masnou por un período de 2 años, por el delito leve de lesiones  la pena de 1 mes y 15 días de multa con una cuota diaria de 10 euros, por el delito leve de daños la pena de 1 mes y 15 días de multa con una cuota diaria de 10 euros.

- A I de la CG por el delito de resistencia la pena de 7 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, por el delito con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas por la Constitución en su modalidad de fomentar, promover o incitar al odio, la hostilidad, la violencia o la discriminación por motivos de origen nacional, la pena de 2 años y 2 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, 9 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, 5 años de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, y conforme a los dispuesto en el artículo 57 en relación con el artículo 48.1º del Código Penal como pena accesoria la prohibición de que se aproxime a menos de 300 metros del albergue JMBR“El Balquer”, sito en la calle X de la localidad del Masnou por un período de 2 años, por el delito leve de daños la pena de 1 mes y 15 días de multa con una cuota diaria de 10 euros.

- A JEPA por el delito de atentado la pena de 2 años y 2 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo,  por el delito leve de lesiones  la pena de 1 mes y 15 días de multa con una cuota diaria de 10 euros.

- A DGP  por el delito de atentado la pena de 2 años y 2 meses de prisión con accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo.

Así como el abono de costas procesales.

 En concepto de responsabilidad civil los acusados JLML y RSC indemnizarán conjunta y solidariamente al Sr. KDS en la cantidad de 310 euros por las lesiones sufridas y 3000 euros por los perjuicios morales; los acusados DNL, JLML, RSC  e I de la CG indemnizarán conjunta y solidariamente a la Generalitat de Catalunya en la cantidad de 1.270, 50 euros por los daños ocasionados en el albergue “El Balquer” y el acusado JEPA indemnizará al Mossos d´Esquadra número X  en la cantidad de 240 euros por las lesiones sufridas, con aplicación del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.