Es mostren els missatges amb l'etiqueta de comentaris ataque. Mostrar tots els missatges
Es mostren els missatges amb l'etiqueta de comentaris ataque. Mostrar tots els missatges

divendres, 15 de gener del 2016

DILLUNS COMENÇA JUDICI ALS 15 ATACANTS DE BLANQUERNA, QUE L'AFRONTEN DIVIDITS, EN HAVER DESAPAREGUT "LA ESPAÑA EN MARCHA". Tot i que no hi haurà postura comuna de les defenses, evitaran desqualificar-se els uns al altres i es negaran a respondre a les preguntes de l'acusació de la Generalitat i CiU. La Generalitat demana 16 o 17 anys per cada un, mentre la Fiscalia ho rebaixa a dos per 13 acusats i a 4 anys pels autors de dues agressions

Dilluns a les 10 del matí comença a la Secció 30 de l'Audiència Provincial de Madrid, el judici als quinze autors dels atacs a la seu de la Generalitat a Madrid l'onze de setembre de 2013. Acció que va ser perpetrada per la coordinadora o plataforma llavors existent,  La España en Marcha (LEM), formada per Alianza Nacional, Democracia Nacional, La Falange FE, Nudo Patriota Español y Movimiento Católico Español.  
El fet que La España en Marcha hagi desaparegut de facto per les discrepàncies personals i polítiques entre les diferents organitzacions, ha motivat que hores d'ara no hi hagi una estratègia comuna de les defenses, sigui per aconseguir l'absolució o que els fets siguin considerats només unes faltes de danys i desordres, sigui per polititzar el judici en l'actual context sobiranista que viu Catalunya, i reivindicar i assumir plenament la responsablitat de l'acció per tal de convertir les possibles condemnes a presó com un accte reivindicatiu dels defensor de la unitat d'Espanya.  
De totes formes evitaran desqualificar-se els uns als altres i es negaran a respondre a les preguntes de l'acusació de la Genaralitat i el Grup Parlamentari de CiU.



Imatge de  l'acció en la que es veu en primer terme a Manuel Andrino, Jefe Nacional de La Falange FE, a Pedro Chaparro de Democracia Nacional Joven en segón, darrera seu el falangista Jesús F Fernández Gil amb la cara tapada, i en últim terme Javier Marcos del dirigent del desaparegut Nudo Patriota 

Els fets van passar el vespre de la Diada Nacional de Catalunya de 2013, quan una quinzena de membres d'aquestes organitzacions, enquadrades llavors en La España en Marcha, van irrompre a crits de "No nos engañan, Cataluña es España" a l'acte que es feia a la llibreria Blanquerna, seu de la Generalitat a Madrid, interrompent l'acte, donant cops o empentes al diputat d'UDC, Josep Sánchez Llibre i al delegrat de la Generalitat a Madrid, Josep Maria Bosch, tirant a terra la senyera i el faristol, i agredint també a un càmera de TV3. Algú també va llançar un gas amb pebre que va obligar a desallotjar el local. 
La Generalitat que es presenta com a part perjudicada demana setze anys de presó per catorze dels atacants, tret d'un, Jesús Fernando Fernández Gil, militant de La Falange, al qual demana un any més que a la resta perquè anava amb la cara tapada i és reincident. A més dels delictes de desordres públics i danys, el govern català els atribueix els d'atemptat a l'autoritat, amenaces, injúries, ultratge a la bandera catalana i coaccions, a més de faltes de lesions i maltractament d'obra. És el mateix que demanen el diputat Sánchez-Llibre i la federació de CiU, personats com a acusació particular. Televisió de Catalunya també exerceix l'acusació particular.
Per la seva banda la fiscalia demana dos anys de presó per tretze del acusats, mentre que pels falangistes Fernández Gil i Juan Luis López en demana quatre en ser els responsables de les agressions a Sánchez Llibre, a Josep M Bosch i al càmera de TV3. També sel's hi demana a tots una multa de prop de 4.000 euros i les costes del judici.
Pedro Chaparro, parlant amb la prensa el 12 d'octubre de 2014 a Barcelona

Entre els que seuran a la banqueta dels acusats en el judici que durarà dues setmanes, hi ha el Jefe Nacional de Falange FE, Manuel Andrino, i el dirigent històric d'Alianza Nacional,  Íñigo Pérez de Herrasti y Urquijo, que va ser detingut el 2000 i condemnat a 14 anys de presó per possessió d'armes i material per fabricar explosius quan volien atemptar contra un autocar en el que viatjaven familiras de presos d'ETA.


Andrino i Fernández Gil al cente de la imatge, a Barcelona el 12 d'octubre de 2013
  
Però la de Pérez d'Herrasti té una altra vertent. És fill de Ramón Pérez de Herrasti y Narváez, marqués de Albaida, i  de Begoña Urquijo Álvarez de Eulate, de la família de los marquesos d'Urquijo, que va ser la tresorera d'Alianza Popular. La germana gran d'Íñigo Pérez de Herrasti, María, està casada amb Íñigo Méndez de Vigo, antic eurodiputat del PP i actual secretari de Estado para la Unión Europea. i la germana de Méndez de Vigo, Beatriz, es la secretaria general del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
Tot i que, de moment, no hi ha una estratègia conjunta de defensa dels acusats és probable que el cap de Falange, Manuel Andrino, i Pedro Chaparro, de Democracia Nacional, aprofitaran el judici per defensar la seva acció i les seves idees.  Chaparro, poc després de l'acció la va reivindicar per Facebook, amb el comentari que poso aquí sota és dels meus bel·ligerants i el passat 12 d'octubre a Montjuïc va dir des de la tribuna que si algú veia al fotògraf Jordi Borràs, li donés un cop o una bona hòstia.

Pérez de Herrasti, a Barcelona, el 9 de novembre de 2014, dia que es feia la consulta sobre la independència

Les organitzacions enquadrades en La España en Marcha van fer entre l'octubre de 2013 i novembre de 2014 diversos actes a Catalunya en els que van defensar la lluita armada, a resultes de les quals  tenen diverses causes judicials obertes. 


 En haver desaparegut La España en Marcha, La Falange (FE) i Democracia Nacional (DN) recullen fons pel judici per separat. DN posa la foto de Chaparro, i sembla que ell sí que aprofitarà políticament el judici.

divendres, 2 de gener del 2015

SE DISUELVE LA SOCIALPATRIOTA O ULTRA "RESPUESTA ESTUDIANTIL" TRAS LA PARTICIPACIÓN DE MILITANTES SUYOS EN EL ATAQUE AL HOGAR SOCIAL DE MADRID

Tras la participación de un grupo de militantes del sindicato de estudiantes ultra o social-patriota, Respuesta Estudiantil, en el ataque del 30 de diciembre al Hogar Social Madrid, Ramiro de Ledesma, cuya vinculación ha sido reconocida dicha organización estudiantil, se ha anunciado, según los comunicados publicados en twitter por distintos de sus grupos locales, que Respuesta Estudiantil se disuelve.
Respuesta Estudiantil se había extendido en diversas ciudades de España como grupo juvenil antisitema de ultraderecha, socialpatriota o nacional-revolucionario, rivalizando con la Liga Joven del Movimiento Social Republicano (MSR) y era cercana al grupo TNT  

El "Hogar Social" atacado tiene como objetivo ayudar a familías españolas autóctonas en la línea que lo hace el hogar del partido ultra España 2000 en Valencia que aloja y alimenta a ciudadanos españoles. Tras el desalojo el pasado septiembre del edificio ocupado en la calle Juan de Olías en Tetuán se mudaron a la calle Bretón de los Herreros, inagurándose el local hace dos semanas y habiéndose previsto una jornada de puertas abiertas para el próximo domingo.


dilluns, 11 d’agost del 2014

ISRAEL I LA SÍNDROME DEL MALTRACTAT




Xavier Rius
Coincideixen la majoria de psicòlegs i psiquiatres que treballen amb víctimes de maltractament, sobretot amb menors, que una part important d’aquests, quan són adults, acaben reproduint en major o menor escala el maltracta físic o psicològic vers altres persones, a la vegada que tendeixen a interpretar com agressions similars a les que van patir de petits, moltes de les respostes contràries que reben al llarg de la vida. No són capaços d’empatitzar amb qui no pensa com ells o els contradiu, i no són conscient que potser ells són ara el agressors.

Aquesta reacció que pateixen algunes víctimes de maltractament, també les poden patir col·lectivament sectors de pobles que han estat agredits de manera brutal en el passat. Els serbis van ser massacrats primer pels otomans que conquerien Europa, després se’ls culpà de l’inici de la Primera Guerra Mundial i els austrohongaresos en van massacrar milers, com  il·lustra amb tota mena de detalls el nobel de literatura Ivo Andric en Un pont sobre el Drina. I més tard van ser assassinats centenars de milers en els camps de concentració del règim croata aliat amb els nazis durant la Segona Guerra Mundial. I als anys noranta, quan a Bòsnia o Kosovo els radicals serbis repetien aquestes pràctiques criminals contra la població no sèrbia, i se’ls preguntava perquè els franctiradors a Sarajevo mataven dia rere dia a civils que feien cua per omplir garrafes d’aigua o executaven set mil musulmans a Srebrenica, responien justificant aquests actes al·legant el que havien patit els seus avis o besavis, sense mostrar cap mena de sentiment de culpa, ni la més mínima capacitat d’empatitzar amb les víctimes, fossin homes, dones, vells o nens.

No estic comparant la magnitud dels crims dels nazis amb els crims de guerra que està fent Israel amb la població palestina. Però el mateix laberint mental encadena a bona part de la societat israeliana i la seva classe política, que aplica métodes econòmics i militars de càstig col·lectiu cap als palestins, tanca als ciutadans àrabs en guetos o executa respostes desproporcionades als atacs de Hamas i altres grups. El poble jueu després de segles de pogroms i expulsions va patir a Europa l’Holocaust, ara aplica als palestins uns mètodes que vulneren la dignitat humana i les convencions internacionals sobre l´ús de la guerra i el tractament de la població civil.            

És cert que Hamas no reconeix a Israel el dret de ser un  estat. Però des que Hamas va guanyar legítimament les eleccions palestines i es va fer amb el control de la franja, Israel va decretar un bloqueig i un càstig col·lectiu a aquell territori, poblat, també, per desenes de milers de palestins desplaçats del que avui és Israel. I se’ls va prohibir viatjar a Cisjordània o a Egipte, se’ls impedeix pescar en els seves aigües, exportar el seus productes, i importar bens i serveis. I lluny del que pretenia Israel, aquest bloqueig ha fet a Hamas més fort. 

Israel va iniciar l’1 de juliol l’operació “Marge Protector” contra Gaza, primer amb atacs aeris i després amb l’operació terrestre, com a resposta a l’assassinat de tres joves jueus a Cisjordània, suposadament feta per Hamas. I Hamas va respondre amb el llançament de coets. Uns coets que per primera vegada arribaven a la capital Tel Aviv, cosa que nega el miratge que Israel pugui limitar l’abast dels atacs tancant els palestins darrera de murs . Coets que per més túnels i cases que destruïa Israel, han continuat caient, produint-se 1.925 morts –la majoria civils- entre els palestins, i 67 –tots soldats menys 3- entre els israelians. I tots els intents d’acord han fracassat perquè Hamas demana per aturar el llançament de coets, que s’acabi el bloqueig a la franja.

Alguns dels caps l’exèrcit hebreu i del servei d’intel·ligència són ara conscient que encara que continuïn els atacs terrestres i aeris a Gaza, Hamas no cedirà, i que el càstig col·lectiu que infringeixen a la població no ha fet perdre el suport popular a Hamas i ha motivat un increment de les campanyes internacionals de boicot i sancions (BDS) a Israel.

El govern d’Israel, liderat per  Benjamín Netanyahu ha dit aquestes setmanes una i altra vegada que no aixecaran el bloqueig, per més que després d’una devastació tan gran, la franja necessita de l’obertura de fronteres per rebre aliments, material i maquinaria de tota mena, i molta gent que ho ha perdut tot, vol marxar sense restriccions per reunir-se amb familiars a Cisjordània o Egipte.

Israel porta anys mostrant als ciutadans de Gaza com a persones mereixedores de la seva desgràcia per donar suport a Hamas, sense intentar entendre o empatitzar les seves raons, sense intentar comprendre que la política d’Isarel incrementa l’odi. 

Ara torna a haver-hi una treva mentre es negocia al Caire. Hamas manté la demanada de la fi del bloqueig. I Israel es nega a fer-ho mentre Hamas no es desarmi totalment, opció que fins i tot seria contraproduent per Israel, donat que si Hamas ho fa, agafarien l’espai altres grups més radicals amb qui Israel no podria negociar. I hi ha membres del govern israelià que proposen reocupar de nou tota la franja, cosa que abocaria a una guerra urbana mortífera pels palestins, però que no podria ser guanyada pels soldats israelians que caurien en les emboscades.

Evidentment per Netanyahu és difícil acceptar la fi del bloqueig després d’anys mostrant els palestins com a subjectes amb qui és impossible empatitzar, mereixedors del seu càstig. Però o s’aixeca el bloqueig a Gaza, encara que oficialment es digui que es fa amb restriccions, o el conflicte armat continuarà i Israel haurà d’ocupar militarment la franja fent encara més difícil la resolució d’aquest episodi. 

Després de l'ofensiva israeliana a Gaza de 2009, la jove activista palestina nascuda al Líban, Rafeef Ziadah, va escriure emotius poemes, els vídeos dels quals triomfen ara a  la xarxa, sobre la ira que creix als cors dels qui perden casa seva, els seus fills o els seus pares, i repeteix que els palestins només volen viure.   Però sembla que Israel amb les seves accions desproporcionades només pretengui multiplicar l'odi.   

He començat l’article fent un paral·lelisme amb el que diuen els psiquiatres que els hi passa a molts nens maltractats que esdevenen malalts mentals maltractadors. I si Israel rebutja acabar amb el bloqueig a Gaza i passar pàgina a quest episodi, i decideix envair i reocupar militarment la franja, potser es podrà dir una altra cosa que  molts psiquiatres diuen de certs malalts. Que són també un perill per ells mateixos. I si Israel continua aquest escalada bèl·lica tan desproporcionada, la seva política serà sense cap mena de dubte un perill per la seva existència i el seu futur.
 
 Leer en castellano en El Periódico

Israel y el síndrome del maltratado

Coinciden la mayoría de psicólogos y psiquiatras que trabajan con víctimas de maltrato, sobre todo con menores, que una parte importante de éstos, cuando son adultos, terminan reproduciendo en mayor o menor escala el maltrato físico o psicológico hacia otras personas, a la vez que tienden a interpretar como agresiones similares a las que sufrieron de pequeños, muchas de las respuestas contrarias que reciben a lo largo de la vida. No son capaces de empatizar con quien no piensa como ellos o los contradice, y no son conscientes de que quizás ellos son ahora el agresores.
Esta reacción que sufren algunas víctimas de maltrato, también las pueden sufrir colectivamente sectores de pueblos que han sido agredidos en el pasado de manera brutal. Los serbios fueron masacrados primero por los otomanos que conquistaban Europa, después se les culpó del inicio de la primera guerra mundial y los austrohúngaros los masacraron a miles, como ilustra con todo detalle el nobel de literatura Ivo Andric en 'Un puente sobre el Drina'. Y más tarde fueron asesinados cientos de miles en los campos de concentración del régimen croata aliado con los nazis durante la segunda guerra mundial. Y en los años noventa, cuando en Bosnia o Kosovo los radicales serbios repetían estas prácticas criminales contra la población no serbia, y les preguntaba porque los francotiradores en Sarajevo mataban día tras día a civiles que hacían cola para llenar garrafas de agua o ejecutaban a siete mil musulmanes en Srebrenica, respondían justificando estos actos alegando lo que habían sufrido sus abuelos o bisabuelos, sin mostrar ningún tipo de sentimiento de culpa, ni la más mínima capacidad de empatizar con las víctimas, fueran hombres, mujeres, viejos o niños.
No estoy comparando la magnitud de los crímenes de los nazis con los crímenes de guerra que realiza Israel con la población palestina. Pero el mismo laberinto mental encadena a buena parte de la sociedad israelí y su clase política que aplica métodos económicos y militares de castigo colectivo hacia los palestinos, cierra los ciudadanos árabes en guetos o ejecuta respuestas desproporcionadas a los ataques de Hamás y otros grupos. El pueblo judío después de siglos de pogromos y expulsiones sufrió en Europa el Holocausto, ahora aplica a los palestinos unos métodos que vulneran la dignidad humana y las convenciones internacionales sobre el uso de la guerra y el tratamiento de la población civil.
Es cierto que Hamás no reconoce a Israel el derecho de ser un estado. Pero desde que Hamás ganó legítimamente las elecciones palestinas y se hizo con el control de la franja, Israel decretó un bloqueo y un castigo colectivo a aquel territorio, poblado, también, por decenas de miles de palestinos desplazados de lo que hoy es Israel. Y se les prohibió viajar a Cisjordania o en Egipto, se les impide pescar en sus aguas, exportar sus productos, e importar bienes y servicios. Y lejos de lo que pretendía Israel, este bloqueo ha hecho a Hamás más fuerte.
Israel inició el 1 de julio la operación 'Margen Protector' contra Gaza, primero con ataques aéreos y luego con la operación terrestre, como respuesta al asesinato de tres jóvenes judíos en Cisjordania, supuestamente hecha por Hamás. Y Hamás respondió con el lanzamiento de cohetes. Unos cohetes que por primera vez llegaban a la capital Tel Aviv, lo que niega el espejismo de que Israel pueda limitar el alcance de los ataques cerrando los palestinos detrás de muros. Cohetes que por más túneles y casas que destruía Israel, han continuado cayendo, produciéndose 1.925 muertos -la mayoría civiles- entre los palestinos, y 67 -todos soldados menos 3- entre los israelíes. Y todos los intentos de acuerdo han fracasado porque Hamás pide para detener el lanzamiento de cohetes, que se acabe el bloqueo a la franja.
Algunos de los jefes del ejército hebreo y del servicio de inteligencia son conscientes de que aunque continúen los ataques terrestres y aéreos en Gaza, Hamás no cederá, y que el castigo colectivo que infringen a la población no le ha hecho perder a Hamás el apoyo popular, y ha motivado un incremento de las campañas internacionales de boicot y sanciones (BDS) a Israel. El gobierno de Israel, liderado por Benjamín Netanyahu ha dicho estas semanas una y otra vez que no levantarán el bloqueo, por más que después de una devastación tan grande, la franja necesita de la apertura de fronteras para recibir alimentos, material y maquinaria de todo tipo, y mucha gente que lo ha perdido todo, quiere marchar sin restricciones para reunirse con familiares en Cisjordania o Egipto.
Israel lleva años mostrando a los ciudadanos de Gaza como personas merecedoras del se su desgracia para apoyar a Hamás, sin intentar entender o empatizar sus razones, sin intentar comprender que la política de Israel incrementa el odio. Ahora vuelve a haber una tregua mientras se negocia en El Cairo. Hamás mantiene la demanda del fin del bloqueo. E Israel se niega a hacerlo mientras Hamás no se desarme totalmente, opción que incluso sería contraproducente para Israel, dado que si Hamás lo hace, cogerían el espacio otros grupos más radicales con los que Israel no podría negociar. Y hay miembros del gobierno israelí que proponen reocupar de nuevo toda la franja, lo que les llevaría a una guerra urbana mortífera para los palestinos, pero que no podría ser ganada por los soldados israelíes que caerían en las emboscadas.
Evidentemente para Netanyahu es difícil aceptar el fin del bloqueo tras años mostrando los palestinos como sujetos con quien es imposible empatizar, merecedores de su castigo. Pero o se levanta el bloqueo a Gaza, aunque oficialmente se diga que se hace con restricciones, o el conflicto armado continuará e Israel deberá ocupar militarmente la franja haciendo aún más difícil la resolución de este episodio.
Tras la ofensiva israelí en Gaza de 2009, la joven activista palestina, nacida en el Líbano, Rafeef Ziadah, escribió conmovedores poemas, cuyos vídeos triunfan ahora en la red, sobre la ira que crece en los corazones de quienes pierden su casa, sus hijos o sus padres, y repite que los palestinos "sólo deseamos vivir". Pero parece que Israel, con sus acciones desproporcionadas, sólo pretenda multiplicar el odio.
He empezado el artículo haciendo un paralelismo con lo que dicen los psiquiatras que les pasa a muchos niños maltratados que se convierten en enfermos mentales maltratadores. Y si Israel rechaza acabar con el bloqueo en Gaza y pasar página a este episodio, y decide invadir y reocupar militarmente la franja quizás se podrá decir otra cosa que muchos psiquiatras dicen de ciertos enfermos. Que son un peligro también, para ellos mismos. Si Israel continúa este escalada bélica tan desproporcionada, su política será sin duda un peligro para su existencia y su futuro.

dijous, 5 de juny del 2014

ELS ENCAUSATS D'STROIKA ES NEGUEN A RESPONDRE LES PREGUNTES DEL FISCAL I DIUEN QUE NOMÉS VAN ANAR AL PONT DE VILOMARA A CAL CURRO, A CELEBRAR L'ANIVERSARI D'UN NEN, SI BÉ LA MEITAT RECONEIXEN QUE ES VAN PERDRE.

¿Què feien els 15 homes joves, un menor de 16 anys -ja condemnat-, i una dona de diferents llocs de Catalunya, la majoria dels quals diuen que no es coneixien, la nit del 23 de març de 2012 pel voltants de Manresa i el Pont de Vilomara, i per quin motiu una part s'havien trobat prèviament davant l'hotel Don Cándido de Terrassa per anar des d'allà a Manresa i el Pont de Vilomara, tot i que alguns no hi van arribar?

La resposta de tots és la mateixa. Havien estat convidats per Javier Cirera (resident a Terrassa) i la seva parella Ana M B, o per algun amic comú -donat que alguns diuen que no coneixien ni a Cirera ni a Ana M B-  a celebrar al restaurant Cal Curro del Pont de Vilomara, l'aniversari del fill de 4 anys d'Ana M B. 
I la resposta a les preguntes del seus advocats de perquè consten trucades fetes des prop de la sala Stroika, és que es van perdre i van donar voltes, o perquè havien quedat en un benzinera a l'entrada de Manresa amb uns dels altres cotxes. I el motiu pel que alguns dels que van arribar als voltants de Manresa (com consta per la localització de les trucades de mòbil), no acabessin sopant a Cal Curro, és tan senzilla com que es van perdre o els van deixar tirats en una benzinera propera a Manresa i en quedar-se sense bateria o no tenir el telèfon del qui els havia convidat a aquell sopar d'aniversari d'un nen, havien decidit tornar cap a Sabadell, Igualada, Terrassa o Tarragona.

Donat que alguns dels encausats van reconèixer en la seva primera declaració en el jutjat de Manresa el juliol de 2012, haver participat amb més o menys implicació a l'atac neonazi a la porta de Sala Stroika del 23 de març, i altres, en aquella primera declaració, havien negat haver-se desplaçat a Manresa o el Pont de Vilomara, el Fiscal de delictes d'odi i discriminació, Miguel Ángel Aguilar (que els hi demana entre 37 i 39 anys de presó), ha fet constar la contradicció entre el que van reconèixer davant del jutge i el que han afirmat avui. 
Tots ha negat anar amb passamuntanyes o roba militar i, a aquells a qui els hi ha preguntat el seu advocat -donat que s'han negat a respondre al fiscal-, han dit no haver estat mai a Stroika. Això ha motivat el comentari del fiscal, que ha recordat que un dels que ha dit no haver-hi estat mai, consta que hi va treballar com a vigilant.
Alguns, a preguntes dels seus advocats, han dit que a la declaració als jutjats de Manresa van ser coaccionats pels mossos d'esquadra de que si no deien el que ells volien els hi retirarien la custòdia del fill, tindrien una pena de més anys de presó, implicarien a la seva parella o, fins i tot que, a causa de la pressió feta pels agents instants abans, havien declarat molt nerviosos i no sabien ni què havien dit.

Després que a la sessió d'ahir, en que els advocats van demanar la nul·litat de les escoltes telefòniques fetes les setmanes anteriors a les detencions i, també, del registres de punts on els mòbils dels acusats van fer o rebre trucades la nit dels fets, i fracassada l' estratègia de les defenses de pactar una acceptació de culpabilitat amb penes no superiors als 10 anys, totes les preguntes dels defensors s'han centrat en desmuntar que fossin un grup organitzat de persones que es coneixien feia temps i, a la vegada, justificar que es creuessin nombroses trucades telèfoniques aquell vespre als voltants de Manresa. 
Tots han coincidit en la mateixa coartada de que, sense participar en l'atac a la sala Stroika, haguessin estat pels voltants de Manresa, on els seus mòbils van deixar el registre, i de que anessin o no a sopar al restaurant Cal Curro de Pont de Vilomara, a 2 km de Manresa. 

Ha estat Javier Cirera M, amb un llarg historial penal i policial per activitat ultra, a qui mossos i Fiscalia consideren el líder i cervell del grup, qui ho ha aclarit. Com farien després la resta, s'ha negat a respondre al fiscal, a l'acusació particular i a l'acció popular. I responent només les preguntes del seu advocat ha explicat que aquell divendres feia 4 anys el fill de la seva parella, Ana M V, que també era a la banqueta dels acusats. 
Cirera ha dit que ell i Ana M.V van decidir celebrar un sopar d'aniversri -sense el nen!- al restaurant Cal Curro de Sant Joan de Vilomara, municipi on el seus pares tenen la segona residència. Així, van anar trucant a diferents amics per tal que vinguessin, alguns dels qual van dir que vindrien amb altres amics que recollirien a Terrassa o vindrien des d'altres llocs de Catalunya (Tarragona, Igualada, Sabadell, Palafolls, Polinyà) i es trobarien bé a Terrassa, bé en una benzinera o en una rotonda prop de Manresa.

Així, un per un, els setze acusats han anant explicant la seva gimcana particular fins arribar a l'hotel Don Cándido de Terrassa, o com un amic amb qui eren a un bar els convidava a anar amb ell a l'aniversari del fill de la parella de l'amic de l'amic. I el fet de haver participat o no en el sopar (hi ha imatges del restaurant) es justificava per haver-se perdut, no tenir saldo per trucar al cotxe de l'amic al que seguien i havien perdut en un avançantament, a una trucada de la parella dient que es trobava malament i que tornés a casa, o a que no els havien vingut a buscar a la benzinera on havien quedat.

L'ESTRANY CONTROL DE LA GUÀRDIA CIVIL

Entre els que no van arribar al restaurant del Ponts de Vilomara es troben Cristian T.S de Capellades -a qui mossos i Fiscalia considera com un dels organitzadors de l'acció-,  Víctor E.G. d'Igualada,  i Daniel M.M de Sant Vicenç de Castellet. Els dos primers van sortir amb el seu vehicle des d'Igualada direcció Manresa per la C-37, i a l'alçada de Sant Salvador de Guardiola van ser aturats, i reconeguts per la Guàrdia Civil en un control de carretera. I ha justificar que no arribés al lloc del sopar donat  que no van trobar al cotxe amb que havien quedat, pel que van decidir tornar a Igualada. (Jo sempre he pensat que aquell control de la Benemèrita no va ser casual, i crec que per les xarxes socials ultres -on la Guàrdia Civil té molts col·laboradors i agents infiltrats- algú va deixar anar que els d'Igualada i Capellades anaven a Manresa a fer una acció)

El Fiscal Miguel Ángel Aguilar li ha recordat que el que afirmava avui era totalment diferent al que havia dit jutjats de Manresa on va explicar que després de ser aturats i reconeguts en aquell control de la Guàrdia Civil, tot i anar a recollir a Daniel M.M, després de parlar per telèfon amb Javier Cirera, van considerar millor per tots no participar en l'acció violenta contra antifeixistes a Manresa. Cristian T. ha respost que, si al jutjat va dir una altra cosa, va ser per que els mossos li van dir que si no declarava el que li deien, li traurien la custòdia del fill. 
  
De totes les declaracions la potser més breu ha estat la d'Óscar R. R., veí de Polinyà, que s'ha limitat a afirmar que va anar directament des de Polinyà a Cal Curro. El seu advocat no li ha preguntat com a altres, si militava en grups ultres o als Cusos de les Brigades Blanquiazules, per donar-lis oportunitat de desmentir la seva ideologia ultra.  Óscar R.R s'ha presentat amb una camisa que li deixava descobert el tatuatge amb el número 88, que significa Heil Hitler. Qui sí ha reconegut militància política ha estat Víctor E.G, dirigent llavors del Movimiento Social Republicano (MSR), dient que aquest és un partit totalment legal. 


Óscar R R, amb el número 88 tatuat al coll, avui al judici. A sota foto seva de facebook
Així les coses, s'ha aixecat la sessió, sense que els fiscals ni les acusacions hagin pogut intervenir gaire. La propera sessió serà el dijous 12 on declararan els primers testimonis. Els testimonis protegits i el menor condemnat que hi va participar i ha reconegut tots els fets, declararan més endavant. I la majoria d'acusats -cinc són en llibertat- han abandonat la sala, sortint de l'Audiència de Barcelona al Passeig de Sant Joan, en les furgones direcció Can Brians.
Caldrà veure a les properes sessions com justifiquen les imatges de les càmares de seguretat de Cal Curro, els que van arribar al "sopar d'aniversari d'un nen", sense el nen, els gestos on sembla que comentin una pallissa a cops i patades.

Una de les tres furgonetes que tornaven els acusats a Can Brians


dimecres, 12 de febrer del 2014

TEXT ÍNTEGRE (eliminant cognoms) CONCLUSIONS PROVISIONALS DE LA FISCALIA, CAS STROIKA,

(Gràfic fet per Regió 7. Les edats són de de juny 2012)
(Més informació del cas, clica aquí)


(Text íntegre de l'acusació, eliminant els cognoms)
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Tercera
Sumario 19/13
Juzgado de Instrucción nº 2 de Manresa
Sumario 1/13

                                               A LA SALA


         EL FISCAL, despachando el trámite previsto en los arts. 649 y 650 de la LECRim., formula las siguientes:

CONCLUSIONES PROVISIONALES:

1ª. Se dirige la acusación contra los procesados Alberto F F, Ana María M. V, Antonio F.P, Carlos P.J, Cristian Á.H, Cristian C.M, Cristian T.S, Daniel M.M, Daniel R.O, Genís V.P, Javier C.M, Jordi H F, José P.D, Óscar R.R, Ricardo P.N. y Víctor E.G, todos ellos mayores de edad.

Carlos P fue condenado ejecutoriamente por sentencia firme  de 10-10-10 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Tarragona por un delito de lesiones en el ámbito familiar a la pena de 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad y ocho meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas.

Genís V fue ejecutoriamente condenado por sentencia firme de 15-9-07 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Sabadell por un delito de lesiones a las penas de dos años de prisión y dos años y cuatro meses de prohibición de acercamiento a la víctima, habiendo extinguido ésta última el 25-2-10..

Óscar R fue ejecutoriamente condenado por sentencia firme de 29-3-11 por el Juzgado Penal nº 12 de Madrid por un delito de desórdenes públicos y un delito de daños.
 
Javier C M fue ejecutoriamente condenado por sentencia firme  de 5-2-08 dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito de daños por incendio a la pena de dos años de prisión, habiéndosele concedido la suspensión por cuatro años, notificada el 21-4-09.

El resto de los procesados carece de antecedentes penales, no son computables a efectos de reincidencia, o son cancelables.

A/ Durante el año 2011 y hasta el mes de marzo de 2012, los procesados, junto a un menor de edad, integraban una banda criminal compuesta por jóvenes skinheads de ideología Nacional Socialista cuyos objetivos y fines ilícitos eran difundir la referida ideología mediante el uso de la violencia, y al frente de la cual estaba el procesado Javier C M.

A su vez varios de esas personas mayores de edad que integraban la referida banda, incluído su líder, eran o habían sido militantes de los partidos políticos MSR (Movimiento Social Republicano) así como Alianza por la Unidad Nacional y Plataforma por Cataluña.

Igualmente, varias de esas personas estaban integrados en grupos radicales de hooligans del fútbol, en concreto, a los CUSOS (Sección de los ULTRA SUR en Catalunya) así como las BRIGADAS BLANQUIAZULES.

La composición de la banda criminal era variable, siendo una parte de sus miembros estable en el sentido de mantener una continuidad en el tiempo, en tanto que otra parte de sus miembros, tenía una vinculación más discontinua y puntual en la pertenencia a dicha banda. La vocación de la referida banda criminal era la de permanencia en el tiempo.

Su actividad se basaba en la confrontación con grupos o personas ideológicamente rivales o la búsqueda de objetivos o víctimas seleccionados por su ideología y estética además de por su origen, raza, etnia u orientación sexual, así como en la difusión mediante la violencia de proclamas de carácter ofensivo, denigrante y vejatorio contra las personas que profesan la religión musulmana, los judíos, inmigrantes y personas afrodescendientes, entre otras minorías, defendiendo a ultranza la supremacía de la “raza aria” sobre las demás, y dirigida a crear entre la población sentimientos de hostilidad, animadversión, agresividad y trato desigual injustificado contra dichos colectivos y contra todos aquellos que consideraban como sus enemigos.

De acuerdo con su ideología, se fijaban como actividades y objetivos marcados por la citada banda criminal realizar actos de ataque y agresiones contra personas que ellos consideraban rivales o enemigos por tener una ideología contraria a la suya, como serían determinados grupos antifascistas de la izquierda extraparlamentaria y del independentismo. Para llevar a cabo dichas agresiones disponían de barras de hierro, bengalas, puños americanos y otros instrumentos peligrosos.   

En este sentido, y con motivo de que en fecha de 12.10.11, en la Sala “OTHER PLACE”, donde se estaba celebrando un concierto de grupos musicales de extrema derecha, unas personas pertenecientes a grupos antifascistas habían ejercido actos de violencia y lesionado a ALEJANDRO F. R, militante en aquellas fechas del MSR y candidato en el año 2009 a las elecciones europeas, además de ostentar el cargo de secretario de la federación Este del MSR (hechos por los cuales se sigue otro procedimiento judicial), la banda criminal, a través de su líder también vinculado al MSR, planificaron como escarmiento y en venganza de esa previa agresión acudir en fecha de 23.03.12 a la Sala “STROIKA”, donde estaba proyectada la celebración de un concierto musical “Punk” de “reafirmación del compromiso de lucha antifascista” de grupos de la izquierda extraparlamentaria y del independentismo radical a cargo de los grupos musicales “KOP” y “NON SERVIUM”, todo ello dentro del festival “ANTIFA KOMBAT TOUR 2012 “, portando barras de hierro, puños americanos y bengalas con el fin de llevar a cabo actos de violencia extrema contra las personas asistentes al referido concierto, en la que todos ellos, puestos de común acuerdo y con pleno conocimiento de las armas e instrumentos peligrosos que portaban la mayor parte de los integrantes del grupo, organizaron como acto de venganza al acto descrito en líneas anteriores una “CACERÍA” o “NOCHE DE CAZA”. Dichas expresiones son las palabras que utilizan los grupos Skinheads para denominar la realización de agresiones contra personas que ellos consideran rivales o enemigos, personas tales como inmigrantes o personas de ideología contraria como los Sharp o Redskin o incluso homosexuales, todo ello con el fin de apalear, matando si fuese preciso, a cualquiera de los asistentes al concierto que se les pusiese por delante. Querían todos ellos acabar con la vida de dichos asistentes, o cuanto menos aceptaban dicha posibilidad al llevar a cabo los actos que a continuación se describirán.  Además, todos ellos pretendían alterar el orden en la calle y privar del ejercicio de sus derechos fundamentales a las personas que asistieren al citado lugar, tratando de provocar el pánico en esas personas con el fin de provocar avalanchas y reacciones que supusiesen una situación de peligro para la vida e integridad de parte o la totalidad de asistentes. 

     B/ Así las cosas, unos minutos antes de las 21:00 horas del día 23.03.12, los procesados Alberto F F, Antonio F P, Carlos P J, Cristian Á H, Cristian C M,  Daniel R O, Genís V P, Javier C M, Jordi H F, José P D, Óscar R R y Ricardo P N, junto con el menor se reunieron en un restaurante sito al lado del Hotel Don Cándido, en el término municipal de Terrassa, que previamente había sido escogido por el líder de la banda, Javier Cirera, con el fin de ultimar los preparativos para llevar a cabo las actuaciones violentas que previamente habían planificado.

Minutos más tarde, utilizando los vehículos a motor marca SEAT IBIZA, cuya titularidad correspondía a Javier C.M, RENAULT CLIO, propiedad de Ricardo P, furgoneta marca OPEL VIVARO, conducida habitualmente por Genís V y el vehículo a motor marca SEAT LEÓN, , propiedad de Antonio F, se diirigieron a la Sala “STROIKA” sita en el Polígono dels Dolors, en la Avda dels Dolors, en el término municipal de Manresa.

Una vez llegaron a Manresa sobre las 21:00 horas, con la finalidad de evitar que las personas que acudían a dichos conciertos pudiesen advertir su presencia, y con la finalidad de ocultar los vehículos para dificultar las investigaciones posteriores a los hechos, aparcaron los referidos vehículos en la calle Sallent, para una vez allí, dirigirse a la Avda dels Dolors a través de la calle Artés. Dicha calle Sallent constituía además un enclave estratégico, no solo por su proximidad al lugar donde estaba ubicada la Sala “STROIKA”, sino además porque también proporcionaba una huída rápida y directa de Manresa a través de la carretera C-55.

Previamente a acudir a pie a la Sala “STROIKA”, se efectuaron tareas de vigilancia y detección de personas en la zona de influencia de la Sala “STROIKA” a cargo de uno de uno de los citados vehículos, en concreto, por la furgoneta.

Los procesados y el menor, mientras se encontraban en la calle Sallent, se habían repartido  barras de hierro, puños americanos (llaves  de pugilato) y bengalas, asumiendo todos ellos que podían ser utilizadas y causar daños a las potenciales víctimas, representándose todos ellos la posibilidad de causar la muerte de las mismas y no deponiendo por ello sus actos, y que previamente habían sido transportados a ese lugar en el interior de los vehículos a motor citados. Además, habían ocultado sus rostros con capuchas y pasamontañas. Todos ellos vestían con uniformes oscuros, botas tipo Doctor Martens, camisetas Fred Perry, chaquetas tipo “bomber”, con una clara estética militar propia de los grupos skinhead. Todos ellos llevaban la cabeza rapada con patillas, elemento estético también propio del movimiento skinhead. Por último, algunos de los componentes de la banda tenían tatuado su cuerpo con motivos alusivos a la Alemania nazi tales como cruces celtas, gamadas esvásticas, la palabra skinhead o el retrato de Hitler.  

Instantes después, sobre las 21:15 horas, los componentes de la banda criminal atravesaron la calle Artés y llegaron a la calle Sallent. Una vez allí  se dispusieron en formación militar en dos líneas o grupo de ataque.

Los integrantes de la primera línea de ataque, sorpresivamente, de forma súbita e inesperada, y sin ningún motivo o provocación previa, se abalanzaron a gran velocidad, con el fin de evitar que pudiesen huír, sobre dos jóvenes, que se hallaban en las proximidades de la Sala “STROIKA” esperando para asistir al concierto “punk” anteriormente mencionado, emboscada que supuso una situación de absoluta indefensión de éstos. En ese instante, con ánimo de acabar con la vida de éstos, comenzaron a agredirles en regiones vitales del cuerpo tales como cabeza con las barras de hierro y los puños americanos. A continuación se sumó con idéntico ánimo al anteriormente referido la segunda línea de ataque.

En una rápida reacción defensiva, uno de ellos salió corriendo. Parte de los agresores le persiguieron mientras proferían expresiones tales como: “CERDOS, HIJOS DE PUTA, OS VAIS A ENTERAR”. Finalmente los agresores no pudieron agredir e incrementar las heridas debido a que éste llegó a la puerta de la Sala “STROIKA” y fue auxiliado por un grupo de personas, lo que motivó que los agresores desistieren de la ejecución del homicidio que conjuntamente estaban ejecutando ante el aumento de las posibilidades de ser descubiertos.

En ese instante, parte de los agresores se dirigieron rápidamente hacia la posición donde se hallaba estacionado el vehículo a motor marca FORD, modelo FOCUS, en cuyo interior se habían refugiado temerosos otros jóvenes que también habían acudido para asistir al mencionado concierto. Una vez llegaron al vehículo, uno de los agresores, con ánimo de menoscabar la integridad física así como con ánimo de menoscabar la ajena propiedad, lanzó en el interior del vehículo, por la ventana posterior derecha, una bengala encendida, lo que causó desperfectos en el vehículo que han sido tasados pericialmente en la cantidad de 413,49 euros y  generó un importante riesgo de provocar quemaduras de consideración a las tres personas que en ese instante se hallaban en el interior del vehículo. Con dicha actuación además pretendían los agresores obligar a los ocupantes a salir del vehículo que utilizaban como refugio con el fin de agredirles.

Simultáneamente, otro de los agresores intentó golpear con un puño americano a un joven, no consiguiendo su propósito de causarle heridas de especial consideración al esquivar parcialmente el golpe.

Justo cuando otro joven salió del vehículo a gran velocidad para evitar las quemaduras que la bengala encendida le habría ocasionado, otro de los agresores le golpeó en la cabeza, causándole heridas.

De repente, cuando no habían transcurrido ni cinco minutos desde que habían comenzado las hostilidades, el líder del grupo gritó “¡fuera, fuera!”, que era la orden y consigna previamente establecida para abandonar el lugar de forma ordenada y a gran velocidad con la finalidad de evitar ser descubiertos. A consecuencia de dicha orden, los agresores abandonaron rápidamente el lugar y se dirigieron con los vehículos al punto de encuentro que previamente su líder había fijado y que no era otro que el bar “Cal Curro” sito en la Avda. Constitució de la población de Pont de Vilomara. Llegaron al citado bar a las 21:38 horas.

Ana María M. no intervino materialmente en los anteriores hechos, pero, compartiendo plan e intenciones con el resto de los autores,  estuvo apostada en las inmediaciones de la Sala Stroika en un período de tiempo indeterminado anterior a los hechos, observando la presencia efectiva de posibles objetivos y la ausencia de policía, informando puntualmente y de forma repetida por teléfono al líder de la banda, Javier C, de tales circunstancias.

Los procesados, además de actuar con la intención de acabar con la vida, lesionar y causar daños a sus víctimas, tenían también la intención de causar un grave alboroto en la vía pública, alterando la tranquilidad de todas las personas que se hallaban en aquel momento en ella.

Como consecuencia de dichas agresiones, un joven sufrió fractura con hundimiento del parietal del cráneo, con hematoma subdural laminar parietal así como una herida incisa en el 4º dedo de la mano derecha. Se trata de una lesión mortal. Esta lesión sin tratamiento sanitario urgente le habría provocado la muerte. Dichas lesiones requirieron un ingreso urgente, con intervención quirúrgica, y práctica de una craneoectomia urgente de la fractura del cráneo, precisando para su curación 23 días de hospitalización más 240 días impeditivos. Asimismo, como resultado de tales lesiones, le han quedado secuelas consistentes en síndrome posconmocional moderado, hipoestesia en hemicuerpo izquierdo y una cicatriz con perjuicio estético moderado.

Como consecuencia de dichas agresiones, otro joven sufrió contusiones y erosiones diversas en la cabeza, herida en el cuero cabelludo occipital, fractura de la primera falange del 5º dedo y crisis de angustia reactiva. Dichas lesiones requirieron una sutura de la herida de la cabeza y una férula dorsal en el quinto dedo, precisando para su curación de 40 días impeditivos.

Como consecuencia de dichas agresiones, otro joven sufrió herida contusa en el cuero cabelludo parietal derecho y hematoma en la espalda derecha y codo. Dichas lesiones requirieron una sutura de la herida de la cabeza, precisando para su curación de 15 días no impeditivos.

Como consecuencia de dichas agresiones, otro joven sufrió una contusión nasal. Dichas lesiones no requirieron asistencia médica, siendo que el propio lesionado se aplicó tratamiento tópico y curaron en cuatro días, en los que no estuvo impedido para sus ocupaciones habituales.

NO CONSTA QUE NINGUNA DE LAS VÍCTIMAS NO RECLAME INDEMNIZACIÓN por las lesiones  y menoscabos sufridos.

Los procesados Cristian T.S y Víctor E.G, el día de los hechos, se dirigían también a la Sala Stroika para participar en los mismos, a bordo del vehículo Volkswagen Golf, perfectamente conocedores del plan trazado, de las armas e instrumentos peligrosos que portaban el resto del grupo y guiados también por idéntico fin de privar la vida a sus rivales ideológicos o asumiendo que con sus actos podría ocurrir dicho letal desenlace, idea de la que no desistieron hasta que, casualmente, esa misma tarde fueron parados e identificados en un control de la Guardia Civil, en una rotonda de la C-37 en el término municipal de Sant Salvador de Guardiola, por lo que ante la posibilidad que les relacionaran con los hechos, decidieron no participar en ellos. Con posterioridad a ser parados por la Guardia Civil, como tenían previsto, recogieron con su vehículo al procesado Daniel M.M, quien, al haber desistido sus dos compañeros, a pesar de que inicialmente con el mismo conocimiento y ánimo iba a participar en los hechos, también desistió de intervenir en los mismos.

El menor fue condenado por los anteriores hechos por sentencia firme de 27-11-13 dictada por el Juzgado de Menores nº 5 de Barcelona como autor de un delito de asociación ilícita, dos delitos de asesinato en grado de tentativa, dos delitos de lesiones, un delito de daños y un delito de desórdenes públicos.

Alberto F.F. fue identificado el 25-4 10 en una concentración del movimiento Skinhead ante una mesa de consulta independentista en la localidad de Vacarisses; habiendo sido identificado policialmente en otras tres ocasiones acompañado de individuos con estética skinhead.

Ana María M. fue denunciada el 1-8-10 por agresiones a unas personas que estaban pintando un mural de ideología independentista en Terrassa.

Antonio F.P. formó parte de la candidatura del partido “Plataforma per Catalunya” en las elecciones municipales del 2011 en el municipio de Palafolls.

Carlos P.J. fue denunciado el 22-12-08 por irrumpir en el campo del club de fútbol Gimnàstic de Tarragona, y por participar en una pelea en el recinto o sus inmediaciones.

Cristian Á.H. fue detenido el 17-4-10 por desórdenes públicos durante la celebración del partido de fútbol Espanyol-Barcelona en el estadio de Cornellà. El 29-9-10 fue detenido por participar en una pelea surgida por cuestiones ideológicas en la localidad de Blanes. El 31-10-10 fue identificando en un concierto de ideología skinhead en Sabadell portando un cuchillo. El 23-10-11 fue identificado en Terrassa exhibiendo dos banderas franquistas, dos banderas con esvásticas y un estandarte de la División Azul.

Cristian C.M. fue denunciado el 30-4-06 por amenazas a un árbitro de fútbol. El 14-5-11 se le intervino un kubotan, arma prohibida. El 28-1-12 fue identificado junto a Fernando C. como participante en un alboroto en los accesos al estadio de Cornellà en los momentos previos a un partido del Espanyol. A raíz de su detención por esta causa, le fue intervenido en su vehículo marca Opel Astra, un bastón de madera de un metro de longitud, aproximadamente, con la punta recubierta con una plancha de hierro.

Cristian T.S. participó el 8-10-11 en la presentación del partido de ultraderecha MSR. El 2-2-05 fue detenido por participar en un acto de vandalismo en la estación de tren de Vallbona d’Anoia. El 30-3-05 fue detenido por participar en una agresión a un ciudadano ecuatoriano de raza negra. El 16-7-11 le fue intervenida una navaja de 8 cms. de hoja. El 21-1-12 fue detenido por participar en una agresión a una mujer de origen africano. En la entrada y registro practicada en su domicilio de la localidad de Capellades a raíz de su detención por esta causa, se le intervino una camiseta negra, una cazadora de camuflaje con el dibujo de una calavera y un cuchillo, tres bragas tipo buf negras, un par de guantes negros, un gorro de color negro, una sudadera con las siglas skin head, una camiseta de color negro con el logotipo “Indignado desde 1945” y una barra de hierro de unos 65 cms. de longitud. En el material informático intervenido aparecen imágenes relacionadas con el ámbito skinhead y neonazi; visitas a páginas web de ideología neonazi o de ultraderecha, como el Movimiento Social Republicano, skinheadespaña.blogstop.com, vídeo impertinencia Rudolf Hess, en honor a Rudolf Hess, Código 14 stop Islam, Antifas ja, ja, ja; y vídeos de agresiones de grupos de skinhead del mundo del fútbol, como “Ultrasur” y “Brigadas blanquiazules”.

Daniel M.M.  fue detenido el 6-6-10 por su participación en el grupo musical “Hijos del Odio”, que en sus letras fomentaba el odio y la discriminación contra homosexuales y judíos, así como enaltecía el nazismo. El 2-4-11 y el 30-10-10 fue identificado junto a personas de estética skinhead, entre otros algunos de los procesados. Asimismo, fue identificado el 25-4 10 en una concentración del movimiento Skinhead ante una mesa de consulta independentista en la localidad de Vacarisses.

Daniel R.O. fue detenido el 15-8-11 en Madrid por un delito de lesiones y un delito contra los derechos fundamentales. El 16-8-05 le fue intervenido un palo de madera de 70cms. en Caldes de Montbui. En la entrada y registro practicada en su domicilio de la localidad de Castellar del Vallès a raíz de su detención por esta causa, se le intervino un pasamontañas de color negro, una braga tipo buf de color verde oscuro, una camiseta con la inscripción “Cusos”, y un par de botas tipo militar de color negro. En el material informático que se le intervino aparecen imágenes de grupos radicales del mundo del fútbol, como “Hooligans Vallès” de Sabadell, “Ultra Sur” y “Cusos”.

Genís V.P. fue detenido el 18-11-06 por participar en una pelea multitudinaria en Sabadell, contra otro grupo Skin. El 25-8-07 le fueron intervenidos unos munchacos unidos por una cadena de hierro. El 14-9-07 fue detenido por una agresión con un puño americano en Sabadell. El 30-1-08 fue denunciado por participar en una agresión a otro skin en Sabadell El 6-8-08 fue detenido por agredir a un ciudadano ecuatoriano. El 15-8-09 fue denunciado por agresiones con puños americanos en Sant Cugat del Vallès. El 24-12-10 fue denunciado por participar en altercados en recintos deportivos, en Sant Boi de Llobregat. El 2-3-12 fue denunciado por participar en altercados en las inmediaciones del estadio de la Nova Creu Alta de Sabadell. En la entrada y registro practicada en su domicilio de Castellar del Vallès a raíz de su detención por esta causa, se le intervino una defensa extensible de metal, un gorro y unos guantes negros, cuatro fundas de plástico para portar objetos de defensa, y 22 bengalas. En el material informático intervenido aparecen imágenes de bengalas en el campo de fútbol del Sabadell, de incidentes entre aficionados de dicho club, imagen del procesado sosteniendo una bengala, un recorte de prensa donde se dice que el procesado fue expulsado del campo del Sabadell y se le prohibió la entrada por toda una temporada, y reseñaba una agresión del procesado a un jugador del Alcorcón, una fotografía de grupo con el procesado y la pancarta “250 division spanishchenfreiwilligen”, vídeos de conciertos de música skinhead, así como consultas a las páginas web www.facebook.com/hooligansvalles y www.viejaguardiasgs86.blogspot.com.

Javier C.M. fue candidato en las elecciones al Parlament de Catalunya del año 2003 del partido de ultraderecha Movimiento Social Republicano (MSR). El 12-10-02, le fue intervenida una barra de goma dura con el núcleo metálico y una escarpa. El 25-4-10 participó en una concentración convocada por la formación de ultraderecha Alianza Nacional frente a una mesa de consulta independentista en Viladecavalls, así como en un altercado posterior en el lugar. Por último, fue denunciado el 1-8-10 por agresiones a unas personas que estaban pintando un mural de ideología independentista en Terrassa. En la entrada y registro practicada en su domicilio del Pont de Vilomara a raíz de su detención por estos hechos se le intervino unas botas oscuras marca “Martins”,  dos pasamontañas negros, unos guantes negros, un jersey del mismo color, un  recorte de periódico alusivo a los hechos del Stroika, un spray de defensa, diversos libros de ideología nazi (“Diccionario del Tercer Reich”, “La orden 44”, “Hitler”), una defensa extensible de hierro y una maceta. En el material informático intervenido aparecen vídeos de un concierto skinhead con el slogan “Josué Libertad” (en referencia  a Josué Estébanez de las Heras, presunto autor de la muerte de un menor de 16 años en una estación de metro de Madrid); un documento office de una acta notarial de constitución de la formación de ultraderecha “Alianza para la Unidad Nacional”; fotografías del grupo radical de fútbol “Cusos”; fotografías de los grupos KOP y NON SERVUM (que son los que iban a dar el concierto en la sala Stroika); visitas a páginas web de partidos de ultraderecha (Movimiento Social Republicano, Alianza Nacional, Plataforma per Catalunya, España 2000, Falange Española); así como un vídeo franquista, weblog Ricardo Sáenz de Ynestrillas y Madrid anti antifa; vídeos de agresiones de grupos de skinheads en el ámbito del futbol, como “Ultrasur” y “Brigadas blanquiazules” y visitas a páginas web como www.elegancia yarrogancia.blogspot.com; conversaciones a través de facebook alusivas a incidentes violentos en los que habría participado el procesado (“la tuvimos”, “volvimos a engancharnos”, “estuvimos en Tarragona y se lió la de Dios”, “se nos va la olla, casi nos cargamos a uno, joder”, “¿qué hay soldado?”, “el sábado vamos a estar en la puerta de Cusos al completo ¿no?”, “esta tarde hemos estado en lo de PxC el Dídac y yo, y qué rabia chaval, con los guarros, les dejaban estar los Mossos en la misma puerta”; “el que van a manifestarse los guarros porque piden que lo vuelen y por fin hemos quedado Alianza Nacional y MSR para ir a por ellos”, “mañana iremos a Tarragona a un torneo de Cusos, habrá fútbol, alcohol y hostias, como no, je, je, je”, “ja. ja, ja el Sebas dice que van 200 N de Barna, ja, ja, ja, 200 ultras, Cusos al poder, yo creo que en el 2012 seremos como Avatar”; “anda que lo que pasó en Girona, allí en el Anglada... los putos moros diciendo por la tele que todo el que sea musulmán que venga a dar la cara, es que nos lo merecemos por dejarlos hacer lo que les da la gana, que asco...una vez reunidos...unos lanzamientos de cóctel y que se quemen vivos, sin remordimientos, vaya”; “o que los inmigrantes roban x si eso es falso y que más da aunque fueran curas es que sobran todos, es una cuestión racial”; “menudo marrón para Panucci, ya ves, los Mossos cagados, por eso, eh, yo he flipao, he pillado a uno del cuello y todo, joder que puta envidia, déjate que ha sido una locura, pero hubo detenciones, qué va, me he entregado yo y Freddy, y nada, parte amistoso”; visitas a páginas web de ideología neonazi, de partidos de ultraderecha y del mundo de los radicales del fútbol (www.ynestrillas.blogspot.com,  www.venetofronteskinheads.org, www.msr.org.es); así como, finalmente, una visita a la página web de la Sala Stroika.

José Manuel P D fue candidato en las elecciones europeas del año 1999 del partido de ultraderecha Alianza por la Unidad Nacional, y en el año 2008 en las elecciones generales.

Óscar R R el 25-4-10 participó en una concentración convocada por la formación de ultraderecha Alianza Nacional frente a una mesa de consulta independentista en Viladecavalls, así como en un alboroto posterior en el lugar. el 21-11 05 fue detenido en Madrid por daños y desórdenes públicos. El 9-12-06 se le intervino un spray de autodefensa en Terrassa.. El 25-12-08 fue denunciado por agresión a un ciudadano de etnia gitana. En la entrada y registro practicada en su domicilio de Polinyà a a raíz de su detención por estos hechos se le intervino diversas navajas, machetes, cuchillos y puñales, unas botas negras, con punta de hierro, dos pares de guantes negros, un pasamontañas negro, una careta de color negro, dos puños americanos, un palo de madera de 40 cms. de longitud, una defensa eléctrica, un spray de defensa personal, y el libro “Mi lucha” de Adolf Hitler. En el material informático que se le intervino se observan vídeos de un claro enaltecimiento del ejército nazi, así como vídeos de agresiones protagonizadas de grupos de skinheads relacionados con el mundo del fútbol, como los “Ultrasur” y las “Brigadas blanquiazules”.

Ricardo P.N. en los años 2003 y 2004 fue candidato electoral del Movimiento Social Republicano. El 21-12-07 fue detenido por participar en una agresión junto a otros skinhead contra un militante de Iniciativa per Catalunya. El 19-9-11 se le intervinieron unos puños americanos. El 23-10-11 fue identificado en Terrassa exhibiendo dos banderas españolas franquistas, dos banderas con esvásticas y un estandarte de la División Azul.

Víctor E.G. es el delegado local en Igualada del Movimiento Social Republicano. El 16-5-07 participó en una agresión a una periodista en el aeropuerto del Prat, que estaba cubriendo una información del club de fútbol Espanyol.

Los procesados José Manuel P, Antonio F, Javier C, Ricardo P, Daniel R, Cristian C, Óscar R, Genís V y Jordi H están privados de libertad por esta causa desde el 13-6-12; el procesado Cristian Á. H. está privado de libertad por esta causa desde el 9-7-12.

2ª. Los hechos narrados en la conclusión anterior son constitutivos de:

a)     Un delito de asociación ilícita en calidad de dirigente del art. 515.5 y 517.1 apartado 1º del Código Penal en concurso de normas con el art. 570 bis, párrafos 1º, 2º apartados b) y c), 3º, concurso a resolver conforme al art. 8.4 en relación con el art. 570 quáter 2 in fine, por tanto con aplicación de las penas del art. 570 bis.

b)     Un delito de asociación ilícita cometido en calidad de miembro del art. 515.5 y 517.1 apartado 2º del Código Penal en concurso de normas con el art. 570 bis, párrafos 1º, 2º apartado b) y c), 3º, concurso a resolver conforme al art. 8.4 en relación con el art. 570 quáter 2 in fine, por tanto con aplicación de las penas del art. 570 bis.

c)      Dos delitos de asesinato por alevosía en grado de tentativa de los artículos 138,139.1º,16 y 62 CP.

d)     Dos delitos de lesiones con instrumento peligroso y con alevosía, uno consumado y otro en grado de tentativa de los artículos 147,148.1º.2º, 16 y 62 CP.

e)     Un delito de daños poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas del artículo 266-1º CP.

f)       Un delito de desórdenes públicos del artículo 557.1º.2º del Código Penal.

g)     Un delito de tenencia de armas prohibidas del art. 563 del Código Penal, en relación con el art. 4, f) y h) del Reglamento de armas, aprobado por Real Decreto 137/1993. 

3ª.  Del delito A) responde Javier C.M. en concepto de AUTOR (art. 28.1 C. P.)

         Del delito B) responden el resto de procesados en concepto de AUTORES (art. 28.1 C.P.)
          
Del resto de delitos responden los procesados Alberto F.F, Antonio F.P, Carlos P.J, Cristian Á.H, Cristian CM,  Daniel R.O, Genís VP, Javier C M, Jordi H.F, José P D, Óscar R.R, Ricardo P.N y Ana María M. en concepto de AUTORES (art. 28.1 C.P.)

4ª. Concurre la circunstancia agravante de disfraz contemplada en el artículo 22.2º CP en todos los delitos salvo en los de asociación ilícita.

Concurre la agravante de discriminación por motivos ideológicos del artículo 22.4 CP en los delitos de asesinato y lesiones.

Concurre en los procesados Carlos P.J y Genís V.P la circunstancia agravante de reincidencia del art. 22-8º CP en los delitos de lesiones. Concurre la agravante de reincidencia en el procesado Óscar R.R. respecto de los delitos de daños y desórdenes públicos. Concurre la agravante de reincidencia en el procesado Javier C. M respecto del delito de daños.

5ª. Procede imponer las siguientes penas:

      .- Por el delito A), SIETE AÑOS Y SEIS MESES de prisión respecto de Javier C;
      .- Por el delito B),  y CINCO AÑOS Y SEIS MESES de prisión respecto de sus autores.
      .- Por los delitos del apartado C), DOCE AÑOS de prisión para los autores del cometido sobre un joven; y SEIS AÑOS de prisión para los autores del cometido sobre otro joven
      .- Por los delitos del apartado D), CUATRO AÑOS de prisión para los autores del cometido sobre un tercer joven, y UN AÑO Y NUEVE MESES de prisión para los autores del cometido sobre un cuarto joven.
      .- Por el delito del apartado E), DOS AÑOS Y SEIS MESES de prisión.
      .- Por el delito del apartado F), TRES AÑOS Y SEIS MESES de prisión.
      .- Por el delito del apartado G), DOS AÑOS Y SEIS MESES de prisión.
      .- Las penas de prisión superiores a diez años llevarán consigo la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena. Las penas de prisión inferiores a diez años llevarán consigo la inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Asimismo, como pena accesoria, deberá acordarse el comiso de las armas blancas e instrumentos peligrosos intervenidos a los procesados.
     
        .- Al amparo de lo dispuesto en el art. 57 del Código Penal, en los delitos de asesinato y lesiones deberá imponerse la prohibición de acercamiento y de comunicación con las víctimas por un tiempo superior en cinco años a la pena de prisión que se imponga.

RESPONSABILIDAD CIVIL:

LOS ACUSADOS COMO AUTORES de los delitos del apartado C) deberán indemnizar conjunta y solidariamente a un joven en la cantidad de  8350 euros correspondientes a los días que precisó para sanar y en la cantidad de 75000 euros por las secuelas padecidas   

LOS ACUSADOS COMO AUTORES de los delitos del apartado C) deberán indemnizar conjunta y solidariamente a un segundo joven en la cantidad de 1200  euros correspondientes a los días que precisó para sanar   

LOS ACUSADOS COMO AUTORES de los delitos del apartado D) deberán indemnizar conjunta y solidariamente a otro joven en la cantidad de 90 euros correspondientes a los días que precisó para sanar.   


LOS ACUSADOS COMO AUTORES de los delitos del apartado D) deberán indemnizar conjunta y solidariamente a otro joven en la cantidad de 450 euros correspondientes a los días que precisó para sanar   

LOS ACUSADOS COMO AUTORES del delito del apartado E) deberán indemnizar conjunta y solidariamente a un quinto joven en la cantidad de 413,49 euros correspondientes a los desperfectos causados en el vehículo a motor marca FORD modelo FOCUS de su propiedad.

Cantidades que se incrementarán en la forma prevista en el art. 576 de la LEC.

         OTROSI DICE I:  Se propone para el acto del Juicio la siguiente prueba:

           Interrogatorio de los procesados.

           TESTIFICAL, con examen de